Estimdos compañeros.
Llevo un asunto penal, por robo con intimidacion. despues de la remision de autos a la AP la defensa ha aportado una prueba ilicita (obtenida vulnerando derechos fundamentales) al presentar una grabacion del interior de vivienda personal de la victima, donde al parecer se ejercia la prostitucion.
La AP no ha admitidola prueba, primero por ser irrelevante e innecesaria y por ser una prueba ilicita obtenida con vulneracion de los ferechos fundamentales de la persona que habitaba la vivienda.
Ahora la perjudicada -grabada en su domicilio particular- quiere presentar una denuncia por delito contra a intimidad del articulo 197 CP.
Me encuentro en un dilema, porque los responsables de la grabacion y de la comision del delito son tanto la empresa de investigacion que lo ejecuto como el letrado de la defensa que se lo encargo y lo presetnto como prueba.
La victima quiere denunciar, y yo no se si comentarselo al compañero previamente a la denuncia o no.
Que opinais.
Un saludo
Pakko