En 10 días tengo mi primer juicio por delitos leves (amenazas). El cliente tiene un grabación en el que se reconocen las mismas. Como ya sabrán, en este tipo de juicios se acude el mismo día con las pruebas que se consideren adecuadas, y no hay diligencias previas.
Mi pregunta es: ¿Debo acudir directamente con la grabación en un pen drive, y el móvil en el que fueron grabadas para que se cotejen en ese mismo momento? ¿Debo avisar al juzgado a través de lexnet con anterioridad para que tenga los medios de reproducción preparados?
Mi pregunta principal es esa.
A continuación hago otras auxiliares:
*¿Cuantas copias debo llevar de cada prueba documental?
*Si se quieren aportar whatsapp que el afectado envío a su mujer comentándole los hechos, ¿Es necesario llamar como testigo a su mujer para que de fe de que ese era su móvil?