Si tu cliente estaba trabajando ¿por qué no te lo certifica la empresa sin más? Según en qué trabaje la empresa pudiera tener parte de ese trabajador. Caso contrario, solicitas se requiera a la empresa para que aporte el original o copia de la cinta. Creo que te hemos contestado en otro panel.
A mi me pasa por el estilo, en un juicio de faltas, al que quiero aportar una cinta de vídeo de una cámara de seguridad para acreditar que mi cliente estaba trabajando en un sitio.
Entonces ¿que hago?
¿Pido al Juzgado que oficie al Centro donde estaba la Cámara de seguirdad?
Tienes varias opciones:
1. Respecto al móvil:
a) Reproducción sobre la marcha en la vista y presentas la transcripción como documental privada.
b) Si algún notario quiere levantar acta, llevas el móvil a notaría, y que te levante acta del contenido del mensaje del móvil (hora, teléfono si no es anónima, si es mensaje de voz y contenido).
2. Respecto a la grabadora: lo mismo.
Ninguna de estas dos pruebas acredita que la voz sea de quien tú dices si él no la reconoce como suya en el interrogatorio, así que puedes solicitar una pericial de la científica para que se pronuncien sobre la autenticidad de las grabaciones y si la voz se corresponde con la del acusado. Otro modo de quizás acreditarlo respecto al móvil, es solicitar se requiera a la compañía de telefonía móvil de tu cliente para que facilite los datos de las llamadas, nº de teléfono, compañía, hora, tipo de mensaje, etc. Y en el interrogatorio, deberás pedirle los números de teléfono fijos y móviles por si acaso. Si sus números son de contrato, lo tienes pillado si está a su nombre, si las llamadas las realizó desde un móvil con tarjeta o desde el de otra persona, se quizás puedas llamarla como testigo o bien se archive y abran diligencias contra esta otra, será difícil porque para localizar hay que denunciar para que el juez acuerde la intervención del teléfono, y triangulen con el gps para averiguar quien es el autor de las llamadas.
La pericial seguramente al ser faltas, no te la concedan pero pidela y protesta para alegarlo en segunda instancia llegado el caso. Las pruebas que menciono siempre es mejor solicitarlas cuando te ratificas en la denuncia.
Un saludo.
Dentro de dos semanas me han citado para un juicio de faltas y mi cliente (demandado) tiene una grabación en el contestador de su teléfono móvil, además de otra tomada con grabadora en las que el denunciante profiere amenazas contra el denunciado.
Mi pregunta es: ¿cómo puede utilizar esas pruebas en el acto de la vista? ¿pido al secretario que de fé de la conversación grabada en el teléfono móvil? ¿hago reproducir en la sala la grabación tomada con grabadora?