En ese caso, céfiro, se lo pueden endosar por presunciones teniendo en cuenta lo que obre en autos o la credibilidad que SSª dé a una de las partes o en función del nivel de gastos que conste acreditado en autos pues se supondrá que gana lo suficiente para cubrirlos.
Un saludo.
Yo creo que en ese caso deberías proponer el libramiento de oficios en el acto de la vista; se suspende y, una vez practicada esa prueba, se da traslado a las partes para conclusiones.
Hago al pregunta de otra manera (que también me ha ocurrido):
Supuesto: Madre (demandante de alimentos) que no prueba en la demanda lo que gana el padre (demandado). Éste acude a la vista y no aporta nada, simplemente dice que no gana esa cantidad ¿que ocurre si ninguno demuestra nada en relación con esas cantidades?
2º OTROSÍ DIGO: Como prueba documental, se interesa a esta parte se practiquen las que seguidamente se relacionan, dada las complejidad del estudio que la misma requiere al objeto de que esté a disposición de esta parte antes de la celebración de la vista con el fin de no causar indefensión, ni tener que suspender la misma para su estudio evitando así dilaciones indebidas. (Mejor redactado, por supuesto):
Las relacionas .......
Nunca me las han denegado (Toco madera).
Un saludo.
Hola Anafer.
¿Y que ocurre en aquellos juzgados en los que cuando lo pides en la demanda lo aceptan, pero no lo pides en la demanda y pretendes pedirlo el día de la vista?.
¿Que admitan normalmente esa prueba junto con la dda, significa que no la admitirian si se pide posteriormente?.
En una demanda de alimentos ¿el demandante debe de probar que el demandado gana determinada cantidad o basta con alegar la cantidad que cree estar percibiendo y en función de ella pedir los alimentos?.
Lo digo por que yo antes (cuando llevaba a la demandante)pedia que se librara oficio a la entidad pagadora para acreditar la cantidad que venia percibiendo el demandado, pero recientemente, los casos en que llevo a la parte demandada, la demanda nos llega sin esa petición de que se libre oficio (ni ningún documento que acredite cantidad alguna)...
¿Como haceis vosotros?.
Gracias