El documento público emitido por funcionadio del organismo público demandado, ¿hace prueba plena? Creo recordar la existencia de alguna Sentencia en la que dado que el documento es de parte consideran que no hace prueba de su contenido.
No estoy de acuerdo que lo que se dice en dicho documento sea cierto, pero no lo impugno por falso, porque no lo considero falso, (la firma es cierta y su atribución también) pero entiendo que ese documento no prueba por si mismo lo que en el se contiene. ¿Sabeis de alguna jurisprudencia al respecto?
La impugnación establecida en la LEC no se refiere al fondo o contenido del documento, sino al documento en sí mismo considerado, por lo que no puede impugnarse por el fondo. ( En todo caso, mostrar disconformidad con el contenido, pero no impugnarlo).
Por ello, si se considera que ese documento no prueba por si mismo lo que en el se contiene, debe defenderse dicha circunstancia en la práctica de la prueba, no impugnándolo, y proponiendo otra prueba que desvirtúe la certeza de lo documentado.