Hola, en la localidad donde soy propietario de una parcela afectada por el sistema de actución de coperación, el proyecto de reparcelación fue aprobado definitivamente y enviado a registro para su inscripción antes de las últimas elecciones, dónde se ha producido un cambio de gobierno, ¿qué obligación tienene el nuevo Alcalde de atender los requerimientos del Registro?, ¿Podría no atenderlas?, ¿Existen plazos para esto?. Cabe destacar que el proyecto de urbanización también fue aprobado definitivamente por el anterior Alcalde.
Hola Roque,
En primer lugar gracias por atender mi pregunta, de todos modos, como el alcalde actual es además propietario y por el coste aproximado calculado es bastante cuantioso para él, ¿podría adoptar alguna medida para cambiar el sistema de actuación?
para él lo cómodo es dejarlo como está ... libre de toda imputación personal ... y como Alcalde podrá pautar de cada actuación ... el momento del pago, la empresa adjudicataria, el plazo e incluso el presupuesto de las obras de urbanización