Si la división es de una finca en suelo rústico se denomina parcelación urbanística.
La parcelación urbanística de una finca clasificada suelo no urbanizable por el PGOU, realizada sin lecencia municipal de segregación o, en su caso, declaración de innecesariedad, es ilegal.
Es posible que lo que ta hayan vendido sea una participación o cuota indivisa de la totalidad de una finca rústica.
Los proyectos de reparcelación, dicho someramente, son instrumentos de desarrollo de un planeamiento previamente aprobado cuya finalidad es repartir equitativamente las cargas y beneficios entre los propietarios afectados por ese planeamiento.
Tú mismo puedes extraer una conclusión ajustada a la realidad de si la información que te dan en el ayuntamiento es la adecuada.
Efectivamente, para la ejecución de un trabajo como el que indicas hace falta licencia urbanística. Para obtenerla, si así está previsto en la respectiva ordenanza municipal, el ayuntamiento exige un proyecto redactado por técnico competente que esté visado en el respectivo colegio profesional.
Y sí, finalizadas las obras conforme a proyecto y licencia concedida, lo normal es que la dirección de obra suscriba el final de obra. No obstante, si no está conforme con la ejecución de los trabajos o no ha cobrado sus honorarios, lo habitual es que se niegue a emitirlo.
El antiguo dueño dividió una finca en tres. Quizá tengas razón y no así como se llama. Quisiera ver los documentos que presentó en el ayto para hacerlo.
Lo de la negativa a dar documentación sobre el expediente porque no existe tiene toda la pinta que el ayuntamiento "ha metido la pata" en cuanto al inicio o la tramitación de esa reparcelación y se quiere echar tierra negando todo. Si este fuera el caso te aconsejo dar los pasos: primero administrativos y luego presionándoles judicialmente con un abogado.
¿es posible que me digan en el ayto que no hay ningún documento del proyecto de reparcelación de unas fincas? Actualmente soy propietaria de una de ellas y cuando solicito documentos me dicen que no hay nada.
Y otra pregunta: cuando se presenta un proyecto para estabilizar una ladera en un ayto ¿tiene que haber un documento de fin de obra? ¿tiene que dar el visto bueno a lo ejecutado algún técnico? Gracias