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Proyección peliculas en ámbito privado

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Proyección peliculas en ámbito privado
06/06/2018 11:46
Somos un grupo de personas que queremos hacer una especie de cineclub. Nos hemos informado y conocemos la Ley de P.I. y lo que se dice en cuanto a exhibición pública.
Queremos poner películas y debatir sobre ellas, convocando a la gente por un foro privado de miembros en internet, sin cobrar entrada. Películas originales compradas.

La cuestión que nos hace dudar y no acabamos de resolver es la consideración de "exhibición pública" y "ambito doméstico". Entendemos que la proyección en un lugar público, hotel, gimnasio, bar, centro cultural, etc, entraría dentro de los supuestos donde sería necesaria una licencia.

Pero, si la exhibición de la película para un grupo reducido de personas miembros de un club privado, se hiciera en un ámbito estrictamente privado, como el domicilio de alguien o un estudio o un loft, ¿seguiría siendo necesaria una licencia?

Según la Ley:

Artículo 20. Comunicación pública.

1. Se entenderá por comunicación pública todo acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas.

No se considerará pública la comunicación cuando se celebre dentro de un ámbito estrictamente doméstico que no esté integrado o conectado a una red de difusión de cualquier tipo.

Entonces, adecuándonos a este punto de la Ley ¿si hacemos este cineclub y proyectamos las películas a un grupo de personas en el domicilio de alguien no sería necesaria licencia?

Estamos equivocados o la exhibición en sí no es objeto de licenciarse sino el espacio. ¿Una pelicula proyectada a 10 personas en un centro cultural necesitaría licencia y una película proyectada a 100 personas en un loft privado no?

Esperamos nos resuelvan esta duda en cuanto a elegir el espacio en el que hacerlo. Gracias.