Me ha finalizado un procedimiento ordinario con sentencia desestimatoria dictada en la Audiencia Provincial .
Han devuelto los autos al Juzgado de Primera Instancia , el cual ha dictado una Providencia para archivar el procedimiento .
Me gustaría que me dijéseis los trámites procesales que se han de seguir para archivar el procedimiento , es decir :
¿ Basta con que el Juzgado dicte una Providencia con derecho a recurso de reposición ? o ¿ ( como ocurre en el procedimiento de ejecución ) es preciso dictar primero un Auto diciendo que se tiene por finalizado el procedimiento archivándose las actuaciones , con derecho a un recurso de apelación ( imaginemos que se archiva sin habérsete permitido interponer algún recurso ) y con posterioridad si ninguna parte lo recurre se provea dictando una Providencia diciendo que se tiene por firme esa resolución con derecho a un recurso de reposición ?
En caso de que sólo proceda dictar una Providencia , si esta se recurriera , el Auto que la resuelve ¿ permite que se pueda apelar ?