Hola, tengo a un familiar en la cárcel. Se le detuvo por dictarse "búsqueda y captura",SIN RECIBIR LA NOTIFICACION DE PROVIDENCIA DE CARCEL, con los 10 días legales de presentación ante la Justicia. Ahora ¿qué puede alegar contra esa irregularidad a todas luces inconstitucional porque le privó del derecho de buscar recursos o peticiones de retrasar su ingreso en la cárcel por varias causas o incluso, por privarle del indulto que gente que le apoya podria presentar?
si, asi es, recibio una carta denegandole la libertad provisional debido a que no era delincuente primario y no haber satisfecho una responsabilidad civil QUE JAMAS SE LE COMUNICO CANTIDAD , y, de repente vienen a buscarle y cárcel, Lleva dos meses, intentamos acceder al expediente para intentar un escrito de súplica y es un misterio el tiempo que tardan. Su abogado fue un poco lelo y lo perjudicó grandemente: le aconsejó aceptase la culpa de 18 meses y como no tenia antecedentes no iria a la cárcel. Resultó que el Juez interpreta que sí, y lo encierran.No pide ni sustitución de pena por multa ni presenta recurso alguno. Y ahi está.
!OJO! El reglamento penitenciario no permite acceder al tercer grado y, por tanto, a la LIBERTAD CONDICIONAL (no provisional) si no se han satisfecho las responsabilidades civiles, salvo excepciones que es muy difícil que te estimen. Mi consejo: búscate un buen abogado (ahora vendrán cancún a ponerme verde) y que éste se persone en las actuaciones. Sácate fotocopia de lo actuado y dile al abogado que te diga exactamente a cuánto asciende la responsabilidad civil.
En la sentencia pone QUE NO TIENE ANTECEDENTES PENALES ¿cómo es posible que aparezcan más tarde?.LA RESPONSABILIDAD CIVIL dice la sentencia "no procede hacer especial mención de la responsabilidad civil a favor de .....,que se ha reservado el ejercicio de acciones civiles, con excepción de dejar constancia de acuerdos entre las partes, documentados en el A
En la sentencia pone QUE NO TIENE ANTECEDENTES PENALES ¿cómo es posible que aparezcan más tarde?.LA RESPONSABILIDAD CIVIL dice la sentencia "no procede hacer especial mención de la responsabilidad civil a favor de .....,que se ha reservado el ejercicio de acciones civiles, con excepción de dejar constancia de acuerdos entre las partes, documentados en el A