Hola..buenas noches..les estaria enormemente agradecida si pudieran ayudarme a este respecto:
Hoy recibí una providencia de apremio de IAE del servicio municipal de recaudación de una localidad en la que tuve un negocio hasta el año 2002. Me reclaman el IAE del año 2003 mas intereses de demora del 10%.
Yo me di de baja en el IAE en la Agencia Tributaria de mi localidad, en la provincia de Sevilla,en ese año, y cuando recibí la primera notificación mi asesoria "supuestamente" se encargó de tramitar la baja en la provincia de Córdoba. Contando que mi asesoría no hizo su trabajo..tienen derecho a reclamarme la deuda después de 8 años??????
Yo creo que lo primero sería asegurarte de que en estos momentos ya estás de baja, para evitar que te lleguen nuevos recibos. Posteriormente averiguar lo que ha sucedido con tu asesora y el servicio de recaudación y así saber si ha prescrito.
ok..eso si seria lo primero..pero aunque siguiera de alta..el pago del IAE no desapareció en el 2003 para personas fisicas que no obtuvieran mas de 1 millón de €/anuales??
Muchas gracias por tu respuesta Juan.
No estaría prescrita?, si el iae se devenga el 01 de enero del 2003, se publicaría el padrón ese mismo año, y comenzarían a computar los plazos para ingreso en periodo voluntario, que con toda probabilidad finalizarían antes de que comenzase el 2004 y luego se inicia la vía ejecutiva, si llega ahora la providencia de apremio, creo que está prescrita por haber transcurrido más de cuatro años, es así?. esperemos opiniones más fundadas.