Entiendo que a quien a puesto esa denuncia es a la empresa.
Por lo tanto, lo que te puede librar es que el cambio de domicilio de la empresa haya sido con anterioridad a la fecha de la denuncia y así conste en el Registro Mercantil.
Si no es así, pues entiendo, por los datos que das, que la providencia de apremio es correcta. Te indico que tienen cuatro años para poder cobrar.
Buenas tardes, haber si alguien me puede ayudar¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡
me notifican una providencia de apremio por importe 912 euros por la empresa no identificar conductor, caracteristicas e irregularidades que yo veo:
1. Notifican la infraccion al domicilio anterior de la empresa.
2.Denuncia dia 10/07/2006.
3. Notifican providencia de apremio dia 17/06/2008.
Pienso yo?, a prescrito a caducado, es que ha pasado mucho tiempo ?'??
alguien me puede ayudar
gracias