Ola a todos!!!pues mi primera pregunta en este foro es bien concreta, pero es que no logro ver la luz por mas que miro la LGT y el Reglamento de Recaudación, a ver si alguien me hace ver algo de luz: en un expediente de apremio que se incoa en el ayuntamiento contra mi por deudas de trafico (que prescriben al año desde la firmeza)concretamente dos multas de trafico, se me dicta providencia de apremio y de embargo en el año 2005. Desde dicha fecha e cometido otra infraccion que se acumula al expediente, con lo cual ya son tres las que obran en dicho expediente, pero me dicen en el Ayuntamiento que la providencia de apremio y de embargo fueron dictadas ya por las dos multas anteriores y que para esta tercer multa no es necesario que dicten otra vez dichas providencias de embargo y de apremio porque ya lo hicieron para las dos anteriores en el 2005. ¿es normal esto? lo normal seria que de nuevo notificaran apremio y emabargo puesto que es una dedua nueva no? no se...ya no se si es que o mismo me lio o que el ayuntamiento este actua como quiere, la verdad....
Muchas Gracias a todos de antemano!!