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prostitución

8 Comentarios
 
Prostitución
02/01/2005 16:25
hola a todos y me gustaría que si alguien tiene el mismo problema que nosotros nos diera su opinión:
llevamos un año aguantando un burdel que se nos ha metido en la escalera. el propietario es proxeneta y alquila el piso a prostitutas extranjeras que van y vienes. la cosa es que son silenciosos y por eso el propietario dice que no les podemos echar, pero ya no podemos mas con el desfile de hombres a todas horas, y que lo sabe todo el mundo en el barrio y a algunos vecinos les está costando vender sus pisos. ¿como podemos echar a las prostitutas' Hace falta abogado y procurador? al propietario ya le hemos mandado el acta en que decidimos denunciarle y no hace caso ni nos da los nombres de las alquiladas, que son extranjeras y no hay forma de saber como se llaman. estamos desesperados. una opinion, por favor
03/01/2005 18:18
Necesitáis abogado y procurador.

En vuestro lugar adoptaría el acuerdo, pero antes de ello lo consultaría con un abogado para que os indique tras una inspección ocular del inmueble, que acuerdo exacto necesita que se apruebe para proceder contra el propietario y el inquilino de la vivienda en cuestión.

Suerte y paciencia.
03/01/2005 18:58
Dices que el propietario ha alquilado el piso.
En caso de alquiler debe declararlo a Hacienda.
Mira a ver si puedes conseguir ver si lo declara, ¿y a quién? ¿y que tipo de contrato?, etc...
Puede ser un camino...........
Otra opción es "aburrirle a base de denuncias". Personaros todos los dias en la Comisaría mas cercana a denunciar "ruidos...", "horarios...", "atentados a la salud pública...", "altercados en el portal..." o lo que se os ocurra.
A ver quien tiene mas paciencia, y en caso de no conseguir nada, por lo menos os entretendreis.
04/01/2005 09:13
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
08/01/2005 14:28
A grandes males .......grandes remedios.

Dejaros de abogados, quebraderos de cabeza, costes..........

Hacer turnos en las horas puntas del negocio. Cámara en ristre en el portal ( lugar público) Sacar fotos a todo cliente que se acerque por vuestro inmueble, y decirle que se lo váis a mandar a su mujer, madre, amigos, compañeros de trabajo.

tomar matrículas si veis que vienen en coche. Seguirles un ratito para que vean que vais a obtener los datos de su dómicilio......

Decirles que hay periodistas que les están sacando igualmente fotos que pueden publicarse en medios de comuncicación. y poneros en contacto con la prensa.Vayan o no periodistas, los clientes quedarán con la mosca detrás de la oreja. Buscarán otros burdeles.

Poner mucha luz en el portal y en la entrada de la calle, que se les vea bien.

hablar desde balcones, "Sr, las prostitutas son en el 2º. ......Que pasen vergüenza.


Dejarán de aparecer, o lo harán en tan pocas ocasiones que el negocio se irá al traste. Las prostitutas les es igual estar en ese piso que en otro y optarán por marcharse en poco tiempo.

Suerte. y tener decisión.
09/01/2005 09:45
Buena idea, El Zorro, lástima que sea delito lo que propones.
10/01/2005 13:58
Nosotros tuvimos el mismo problema con la salvedad de que eran las mismas prostitutas las que tenían alquilado el piso.
Se las pudo echar porque el dueño del piso lo había alquilado a un señor y éste lo realquiló a estas señoras, únicamente por esa razón se las pudo echar del inmueble porque si no hubiera sido por esto habría sido imposible.
Creo que si podéis demostrar que el piso no está alquilado legalmente podéis tener éxito, en caso contrario lo tenéis bastante complicado ya que no hay ruidos ni molestias directas. Y créeme que comprendo perfectamente lo molesto que es tener a desconocidos en las escaleras continuamente porque repito que he pasado por lo mismo.

Suerte.

13/01/2005 12:19
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
13/01/2005 17:15
Las denominadas "casas de citas" han sido conceptuadas como inmorales por la jurisprudencia siendo además incómodas, no sólo por el flujo de personas extrañas al inmueble que generan y que dificulta a los demás propietarios el normal y adecuado uso y disfrute de sus viviendas, sino también porque la naturaleza de estas actividades puede trastocar las bases de una convivencia normal y pacífica, y ocasionar molestias y enfrentamientos.
Según establece la LPH , cualquiera de los propietarios o la propia comunidad podría ejercitar la acción de cesación de esa actividad pudiendo conseguir la resolución del contrato de arrendamiento, si el piso estuviera alquilado, o incluso la privación del uso del piso o local hasta un periodo de dos años. La acción de cesación tiene por objeto impedir la realización de actividades inmorales, dañosas, molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
Resulta un medio de prueba explicito de las actividades inmorales e ilícitas, cuando éstas se anuncian mediante anuncios en periódicos, indicando un número de teléfono que corresponde con el piso del inmueble. Tal como ha indicado en el Tribunal Supremos Sala 3ª, sentencia de 05-10-99.
Saludos y suerte.