Usted puede permanecer en la vivienda hasta el 1-1-2017, tres años. Esa cláusula es errónea. Cosa distinta sería un contrato de arrendamiento de temporada donde se fija el tiempo de duración con una fecha de inicio y una fecha de finalización.
Buenas tardes
Firmé contrato de arrendamiento el 1-1-2014, por un año prorrogable a tres. Finalizado el año no se ha firmado prorroga
Significa que puedo disponer de la propiedad hasta el 2017? El contrato dispone de una clausula (El presente contrato quedara anulado y sin efecto una vez haya transcurrido los doce meses de vigencia, tal como ya se establece en este documento)