si se ha concedido una licencia urbanistica con proyecto básico, años después se ha presentado el proyecto de ejecución y se ha concedido autorización para ejecutar las obras. Cual es el plazo que ha de tenerse en ceunta para al concesión de prórroga, la de la licencia o la de la autorización? Gracias.
Posiblemente cuando se dio la licencia con proyecto basico, se daba un plazo para la presentacion del proyecto de ejecucion. Si se cumplio con ese plazo lo normal es que sea a partir de la autorizacion ya que antes de eso no podia iniciarse la obra. Otra cosa es que no se haya cumplido dicho plazo o que no se diera ninguno.