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Prórroga y alquiler

8 Comentarios
 
08/08/2006 03:55
Hola:

Las prórrogas son obligatorias para el dueño, pero el inquilino puede optar a terminar el contrato al vencimiento de cualquier anualidad de las prórrogas, preavisando con el plazo pactado para ello, o con 30 días mínimo.

Si se va en mensualidad distinta a la que cumple anualidad, el dueño puede pedir elpago de la renta hasta esa anualidad.

Si se cumplen los cinco años, más las tres prorrogas, se estará a lo estipulado en el contrato respecto de la reconducción del Contrato.

Si no se pactó nada, entiendo que el Contrato acaba forzosamente al no contemplarse en la LAU su continuidad, y si se desea seguir deberán las partes redactar un nuevo contrato.

Salvo mejor opinión.
07/08/2006 23:38
Ahora lo he entendido.
O sea, si a los 5 años, el arrendador no comunica con 30 dias minimo de antelacion al arrendatario su intencion de no renovar el contrato, entonces sigue el mismo regimen 3 años mas.
Y si no lo hace a los 3 años ¿se prorroga otros 3 o entonces es de año en año?

Muchas gracias por la aclaracion
07/08/2006 13:46
No hay contradicción.

Art 10: "El contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años mas, salvo que el arrendatario menifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato."

Por tanto, una vez en prórroga esta es obligatoria para arrendador y potestativa para arrendatario.

Ra07 ha indicado el régimen indemnizatorio si el inquilino se va en fecha distinta al de cumplimiento de prórroga. Y ha dicho "Efectivamente, tienes derecho a otros tres años de prórroga".
07/08/2006 13:26
Ante la pregunta de "anonima" sobre si la prorroga dura 3 años completos o cada año se de estos 3 se puede rescindir el contrato Ignacio da una respuesta y Ra07 dice lo contrario.

¿alguien lo tiene claro?
¿hay jurisprudencia que interprete la Ley?

En cuanto a Baudelaire yo le plantearia que razonara un poco su enfado porque

1) dice que el propietario le manda un e-mail y luego dice que no le ha comunicado la subida por escrito.
2) Después de 5 años de alquiler un incremento de 82 euros no parece una barbaridad. Porque ¿cual es el alquiler que pagas?
te lo pregunto de otra manera ¿por el alquiler que actualmente pagas puedes encontrar otro piso similar al que tienes?.

Si es así tranquila y si no es así piensate bien lo que haces y, si puedes, trata de ponerte en el lugar del propietario.

07/08/2006 11:06
Puedes estar 3 años.

Baudelaire. Lo que dice RA07 respecto posible repercusión de obras es correcto, así que tendrás que pedir que te desglose la renta.
07/08/2006 10:07
Yo estoy en un caso parecido ,he pasado ya los 5 años y me encuentro en la prorroga de tres años,llevo ya 3 meses de prorroga ,,,no entiendo bien si la prorroga me dura 3 años completos o por ejemplo me puede echar cuando acabe el primer año de la prorroga de tres??
07/08/2006 00:50
Hola:

Posiblemente puede haberte repercutido por la fórmula legal el importe de las reparaciones que él haya tenido que pagar durante estos cinco años (por ejemplo, las acordadas por la Comunidad de propietarios.

Efectivamente, tienes derecho a otros tres años de prórroga, pero cuidado, las prórrogas son anuales, por lo que vencen en cada anualidad de la fecha de Contrato, y estás obligada en esos plazos al igual que él.

Si firmaste un mes de enero, las tres prorrogas son hasta cada enero, si te marchas un septiembre te podrá reclamar octubre-noviembre-y diciembre.

Saludos.

04/08/2006 19:28
1) IPC, salvo que el contrato hubiera contenido un pacto distinto para el sexto año y siguientes.

2) Comunicalo al arrendador. Quizá se trate de otros gastos, art 20. De no ser así podrías dejar de pagarle a él y consignar las catidades en el juzgado o notario.

3) puedes estar tranquila
Prórroga y alquiler
04/08/2006 13:59
Hola

Con 6 días antes del final del contrato de 5 años, mi propietario me envió (por e-mail) un NUEVO contrato, exigiéndome: un alquiler mas alto (con 82 Euros), la diferencia de fianza (más de 100 Euros) gastos de contrato (más de 100 Euros).
Envié (por burofax) el artículo 10 de la ley )3 años de prórroga), y expresé mi deseo de hablar con él personalmente.
Resultado: me amenazó por teléfono: si no firmamos el contrato, al cabo de tres años podía irme; pero pretendía no saber si existía esta ley; y que iba a entregar el asunto a su abogado.
No firmamos nada.
Este mes, se cobró de mi cuenta un importe un poco más alto del que mencionaba en el nuevo contrato.

1.) Con cuánto puede subirme el alquiler (al mes) durante estos tres años? Sólo con el IPC?
(en Internet he leído algo de “importe pactado”) Y dónde lo podría averiguar?

2.) Cómo debería reaccionar al cobro de esta cantidad sin aviso por escrito?

3.) Puedo de verdad estar tranquila durante tres años o puede sacarme antes?
(Claro está que no habrá impago ni las otras razones indicadas en la ley.)

Muchísimas gracias.
Baudelaire