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Prorroga tras vencimiento de licencia

4 Comentarios
 
Prorroga tras vencimiento de licencia
22/02/2005 12:55
Con fecha 1997 se concedio una licencia de construccion. En la actualidad se esta pretendeindo un prorroga, que resulta desfavorable porque se ha solicitado despues del vencimiento d ela licencia y porque la ley del Territoriode canarias, solo permite una prorroga si se solicita antes del vencimiento de la licencia original. ¿ es posible obtener prorroga en base a la legislacion anterior?
perfil esg
22/02/2005 22:50
la denegacion de la prórroga se ajusta a lo establecido en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley del Suelo de Canarias. Tanto la concesión de la prórroga (si fuera posible) como una nueva licencia deben adecuarse a la legislacion vigente en el momeno de la solicitud.
23/02/2005 11:55
Muchas gracias pero eso es lo que yo tenía claro, pero se plantea la posibilidad de concesión de una prorroga, para que le concedan la luz de obra, en base a la legislación que origino la licencia en 1997. yo opino que no se puede obtener licencia porque es aplicable la ley del territorio, qeu solo permite una prorroga y se ha de solicitar antes del vencimiento de la licencia, pero ante dicha posibilidad no se si será posible alguna traquiñuela legal para conseguirlo.
perfil esg
23/02/2005 15:22
Entiendo igualmente que no se puede. Lo único en lo que son flexibles algunois ayuntamientos en la isla en la que estoy es en cuanto al requisito de solicitarla con anterioridad al vencimiento. Muchos vecinos no están enterados de esto y cunado se han pasado uno o dos meses desde su vencimiento, los ayuntamientos dan el visto bueno.

Quizás pueda subsanarse lo que dices con un certificado sobre la vigencia de la licencia. Es decir, al no habverse declarado expresamente la caducidad, previa audiencia al interesado, ésta continua estando en vigor (con matices en el caso de usos turísticos). Puede que con eso le concedan la luz de obra.
24/02/2005 09:42
muchas gracias esg, el certificado de no caducidad ya esta listo pero no es admitido por insutrai para la luz de obra poruqe al ser un certificado que declara la no caducidad del expediente no tienne fecha de inicio y fin y el departamento de industria lo que quiere es eso, una fecha de vigencia, que el ayuntamiento no facilita.