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prorroga obligatoria en contratos de arrendamiento para uso distinto del de vivienda

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Prorroga obligatoria en contratos de arrendamiento para uso distinto del de vivienda
10/12/2004 19:43
Supongo que por defecto, al igual que los arrendamientos de viviendas se prorrogan a instancia del arrendatario hasta los 5 años pese a que se haya contratado por menos tiempo; ¿Podríais confirmarme este extremo? Es decir, que pacté que el contrato de un local de negocio era por 2 años,pero ahora q empieza a funcionar la actividad, tras esos 2 años,el arrendador quiere q me vaya. ¿Cabe la prórroga forzosa hasta los 5 años? Gracias y urgencia!!!!