Hola. Firme un contrato de arrendamiento de vivienda por un periodo inicial de un año. En su clausulado especifica con claridad que el arrendatario (yo), dispone de un derecho a la prórrga forzosa de 5 años. Este año declare a hacienda el alquiler por no perturbar al arrendador.
En caso de pleito puede afectar a la resolucion judicial, y ¿tengo posibilidades de prorrogarlo?
Hola Jorlofer. No entiendo bien su consulta. Quizás usted haya querido decir que" NO declaró el alquiler por no pertubar al arrndador". Ese hecho no influirá en caso de que, por las causas que sean, usted se vea obligado a ir a Juicio.