Muchas gracias
No entiendo muy bien lo de demora de calificación
Demora hay...por atrasos... según ellos
Al cumplir los 365 días me dieron de alta en mi médico de cabecera por qué iniciaron expediente de incapacidad permanente.... rellené unos cuestionarios y un informe para seguir cobrando mientras se resolvía la calificación,hasta hoy no tengo noticias de ellos
La semana pasada conseguí una copia del dictamen propuesta
Que me valora incapacidad para mi trabajo profesional y así sigo...sin saber nada ... cobrando 390/400€ depende del día que ten el mes
Gracias por tu aportación
Estoy un poco pelma con el tema... pero 15 meses con ese dinero me está amargando la vida
Ni para la farmacia me llega
Un saludo
Efectivamente, Gloria. Tienes razón. Para que se cumpla el supuesto que indicas (que la cuantía de tu pensión de incapacidad si te la conceden sea superior a lo que cobrabas por baja laboral y te abonen esa demasía con caracter retroactivo a la fecha de tu extinción de tu incapacidad laboral transitoria) deben cumplirse dos supuestos: que tu incapacidad permanente surja tras haberse extinguido tu baja laboral de la que derivas -bien por agotamiento del plazo legal de baja, bien por alta médica con propuesta de incapacidad permanente y que así se reconozca expresamente tanto en los efectos económicos como en el hecho causante, conceptos ambos que vendrán expresamente recalcados en tu resolución de pensión.
Los efectos económicos de la pensión se fijan en la fecha de resolución del director provincial del INSS que te corresponda. No obstantem podrán retrotraerse a la fecha de extincion del subsidio de incapacidad temporal cuando la cuantía de la pensión que se te reconozca sea superior a la del subsidio que venías percibiendo.
No existe cracater retroactivo si el trabajador se encuentra en situación de demora de la calificación. Por tanto, estas muy bien informada, Gloria. Saludos
No me parece descabellado que se hagan números con los atrasos
Al fin y al cabo si tienes que esperar casi 7 meses a la resolución...(como yo p.j.)...no es por culpa del trabajador en cuestión ,es responsabilidad de ellos
El que paguen la diferencia o no ya lo veremos
Te recalcó que no lo espero...era una posibilidad que leí en Internet
Un saludo gracias por vuestro tiempo y apoyo
Hola Txank
Estaba acabando el paro cuando caí de baja
Al terminarlo pasé a cobrar de la Seguridad social el IPREM hasta cumplir el año de baja
Entonces me dieron una prórroga de seis meses ... cobrando la misma cantidad
Lo que pasa que al día siguiente de todo esto me iniciaron el expediente de incapacidad permanente
Eso es al año...no a los 18 meses que es lo habitual
Así que aquí estoy esperando la resolución desde Mayo
La semana pasada conseguí el dictamen propuesta y tiene fecha de recepción en la dirección provincial del 6 de Mayo
Vamos....quien lo entienda que lo compre
Gracias por contestarme tan rápido
No me creí mucho eso de cobrar diferencia desde que se inicia el expediente... pero por preguntar qué no quede
Gracias de nuevo y un saludo desde Pamplona
Hola. Gloria. No sé: yo entiendo que has pedido la pensión de Incapacidad Permanente, estando cobrando algún subsidio del SEPE. Si esto es así, si te aprueban la pensión, comenzarías a cobrar desde la fecha en la que se emita el dictamen-propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades, por lo que NO habría retroactividad y por consiguiente tampoco se removería importe alguno que hayas podido cobrar del SEPE. Pon esta dirección en el navegador de tu ordenador, por si te resulta útil.
Buenos días Expertolaboral
Una cosa quisiera que me confirmes o no
En algún lado el leído que si la pensión por incapacidad que te conceden es mayor que lo abonado durante el trámite del expediente te pagan la diferencia
Creo que me explico ...yo cobro el IPREM...si mi pensión es mayor... cobraría la diferencia de este tiempo???
Un saludo y gracias