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Prorroga de contrato y devolucion de fianza

1 Comentarios
 
24/10/2012 09:39
En primer lugar, no debe causarle extrañeza el hecho de no firmar documento alguno a la prórroga, pues no es necesario.

El contrato se prorroga por anualidades completas, por lo que, en el caso de que usted se marche antes, el arrendador podría exigirle el pago de las rentas que hasta ese momento le correspondieran. Normalmente, no hay problema, porque el arrendador lo podrá en alquiler nuevamente (y el hecho de cobrarle a usted y cobrar a un nuevo inquilino podría dar lugar a lo que se denomina "enriquecimiento injusto"). No obstante, como le indico, no suele (quizás lo más adecuado sería decir que no solía, pues ya me he encontrado con más de un caso).

En cuanto a la fianza, está vinculada al estado de la vivienda a la finalización del arrendamiento, por lo que, una vez aclare la cuestión relativa a la resolución anticipada del contrato, debería serle devuelta si el piso se encuentra en buen estado.

Por otra parte, sería conveniente la lectura íntegra del contrato, por si hubiera alguna posibilidad de actuar en el sentido por usted pretendido.

Motta & L Abogado
Prorroga de contrato y devolucion de fianza
24/10/2012 09:32
Buenos días, les explico mi situación a ver si pueden aclararme un par de dudas.

Entré en una casa de alquiler a vivir el día 01/04/2011 y al cumplir un año se prorrogó automáticamente el contrato (aunque ni el arrendador ni yo hemos firmado ningún documento). Estoy planteándome dejar la casa en diciembre de 2012, avisaré con un mes de antelación y mi pregunta es: me tienen que devolver la fianza (2 mensualidades de 500 euros) o estoy obligada a cumplir el año completo de la prórroga?? al no haber nada por escrito entiendo que puedo irme cuando quiera ya que ya he cumplido el primer año completo...

Gracias de antemano