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prórroga contrato no firmado

1 Comentarios
 
perfil Jan
09/09/2010 11:17
Hola agraciagonzalez. Si su contrato es de arrendamiento de vivienda, es de aplicación el artículo 9 LAU 1994, cuya lectura le recomiendo. Las prórrogas que señala el cita precepto son automáticas, es decir, no es necesario plasmarlas por escrito ni verbalmente.

Reciba un cordial saludo
Prórroga contrato no firmado
07/09/2010 15:35
Finaliza mi contrato de 1 año y telefónicamente se acuerda 1 año más, sin firmarse ningún contrato. Estoy obligada a terminar ese año, en caso de no hacerlo puedo perder la fianza?