Hola kalakukko. Voy a responder a sus preguntas por orden de aparición:
1º) " Hay que hacer por escrito un documento anexo al contrato inicial para hacer la prórroga en las mismas condiciones ? "
Si su contrato es de ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA es aplicable el artículo 9 LAU 1994, cuya lectura le recomiendo. En él hallará la respuesta a su pregunta.
2º)" Si el dueño decide aumentar la renta.,¿ Podemos desistir y rescindir el contrato y que nos devuelva la fianza ?. "
Si su contrato es de ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA la renta SÓLO PODRÁ SER ACTUALIZADA ANUALMENTE con el IPC correspondiente(art 18 LAU 1994).
3º)"Si el dueño dice no devolver la fianza y que con ella pagamos el ultimo mes del contrato, ¿ es eso legal ?. "
La respuesta es NEGATIVA, SALVO que llegue a un acuerdo con el Arrendador para aplicar la fianza a la última mensualidad del contrato.