En su día suscribí un contrato de alquiler de vivienda habitual por un tiempo de un año prorrogable a 3 años más. Ya llevo casi 4 años de alquiler y la arrendadaro no me ha notificado nada. ¿Se entiende prorrogado hasta los 5 años?.
La prórroga forzosa año a año hasta un máximo de cinco años es una facultad que la Ley de Arrendamientos confiere al arrendatario, por lo que es usted quién debe decidir si permanece o no en el alquiler y no el arrendador, ya que su decisión es vinculante para él.