Compañeros:
Mi duda es la siguiente: tengo un trabajador con un contrato de obra o servicio determinado que el proximo 5 de noviembre cumple los tres años. Queremos hacerle una prorroga por un tiempo sin determinar. ¿que formalización debo hacer para que no se convierta en indefinido? Si lo prorrogo ¿no efectuo liquidación ni abono de la indemnizacion de los ocho días hasta el fin de la prorroga?
Gracias por anticipado. Un saludo.
Muy buenas..
Si el trabjador esta contratado por obra o servicio, no puedes hacerle prorroga alguna puesto que este tipo de contrato no la admite; se realiza este contato para una sola obra y cuando termina la misma se extingue el contrato, sin que se determine en el contrato la duracion de la misma puesto que la duracion es incierta. Si lleva 3 años ya con ese mismo contrato posiblemente sea ya indefinido si es que ha estado realizando varias obras con el mism contrato. Otra cuestion con independencia de esto es que con la aplicacion de la nueva ley del año 2.006 al realizarle otro contrato si lleva 30 meses en un periodo de 24 se convierta ya en indefinido siempre que se trate del mismo puesto de trabajo.
Saludos.
Hola AGF, lo que te comenta Gsocial es verdad, pero te puedes informar en la tesorería, o bién si todavía no ha sido transformado, puedes darle de baja cuando cumpla el contrato y realizarle un contrato de duración determinada 402 en el cual puedes determinar el tiempo que lo quieres tener de alta.
Un saludo.
Muchas gracias por vuestras opiniones.
Por cierto, en el citado contrato se puso como vencimiento el cuatro de noviembre de 2007. ¿se puede considerar esta fecha como orientativa y que siga realizando la obra por la que fue contratado? El motivo que se puso fue la puesta en marcha de un servicio de cultura. Es un servicion tan amplio que se puede considerar que la obra sigue. ¿cual es vuestra opinion?
Hola, tengo una duda.
Tengo un contrato de duración determinada a tiempo completo (mod.401). y en la cláusula tercera dice:
La duración del presente contrato se extenderá desde 3/05/2013 hasta fin de servicio. Se establece un periódo de prueba de UN MES. ¿esto quiere decir que despues de un mes me pondrán fija indefinida?.
También en la cláusula sexta: la realización de la obra o servicio será:"las tareas propias de mi contrato"...no pudiendo superar los 3 años ampliables hasta 12 meses por convenio colectivo.¿quiere decir esto que a los tres es fija o que el servicio de acaba en tres años?.
Gracias.
El contrato por obra tiene duracion incierta por eso ponen fin de servicio, cuando termines el periodo de prueba seguiras cn el contrato de obra y servicio
Pero ya llevo 2 años trabajados en el mismo lugar y siempre ha sido el mismo contrato de seis en seis meses, por lo que no comprendo porqué ahora estoy de prueba un mes.