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prorrateo pagas

3 Comentarios
 
Prorrateo pagas
29/01/2013 11:00
buenos días a ver si podeis informarme de lo siguiente.
mi empresa me quiere prorratear las 3 pagas extras que tenemos en el convenio de comercio en general pero mi duda es que la paga de beneficios es a año vencido y por tanto creo que aunque me empiece a prorratear las pagas desde este mes la paga de beneficios del año 2012 me la deberia de pagar a parte del prorrateo, decirme algo por favor

saludos
29/01/2013 11:38
La verdad que es un poco complicado de explicar. El cambio del abono de las pagas extraordinarias para prorratearlas (tened en cuenta que lo permita el convenio, que no todos lo hacen) va a implicar siempre un liquidación de las pagas extras. A ver si puedo explicarlo:
Usted tiene tres pagas: navidad, verano y marzo. En enero quieren empezar a prorratear las pagas. Con la de navidad no hay problema, pues la acaba de cobrar y se puede prorratear, aún no ha generado paga. Pero con la de verano y marzo, usted ya ha generado una proporción de la paga (6 y 9 meses). Para que en enero se prorratee esas pagas, implica que le han de liquidar las pagas de verano y marzo.

Otra opción que se me ocurre, es que en lugar de prorratear todas las pagas de golpe, se comiencen a prorratear cada paga haciéndo coincidir esta situación con la fecha de cobro de cada una. Es decir, ahora en enero se prorratea sólo la de navidad que es la que acabas de cobrar y no has generado. En marzo, una vez cobrada la extra, se comienza a prorratear la de marzo, quedando sólo sin prorratear la de verano que, una vez alcanzada la fecha de su pago, se procederá de igual manera.

Estas serían las fórmulas que yo entiendo se podrían aplicar para que el trabajador no sufra perjuicio económico. Y dicho esto, con muchas dudas de que sea del todo correcto hacer estas liquidaciones de pagas sin que exista una extinción del contrato. Yo personalmente, apoyo la segunda opción que he planteado, aunque es más trabajo para quien haga las nóminas.

Salvo mejor opción.
29/01/2013 12:12
entonces si empieza a prorratearme las pagas desde el día 31 de enero de 2013 deberia de pagarme en la paga de marzo los 9 meses correspondientes al año 2012, pero sus intenciones creo que es no pagarme nada

saludos
29/01/2013 13:24
Yo he entendido lo siguiente:

2 opciones:

1) Prorratear en enero 2013 TODAS las pagas extras.
- La empresa tendría que abonarte YA los 9 meses de la paga que cobrarías en marzo 2013 y los 6 meses de la paga que cobrarías en verano 2013.
- También podría ser, SI estás de acuerdo, que, además de haber prorrateado YA las 3 pagas extras (enero 2013), la empresa te abone en marzo 2013 los 9 meses de esa paga extra generados hasta el momento en que se efectuó el prorrateo y en verano los 6 meses de esa paga extra generados hasta el momento en que se efectuó el prorrateo.

2) Hacerlo progresivamente.
a) En enero 2013, la empresa prorratea la paga extra de navidad.
b) En marzo 2013, cuando hayas percibo el 100% de la paga extra, la empresa prorratea la paga de marzo.
c) En verano 2013, cuando hayas percibido el 100% de la paga extra, la empresa prorratea la paga de verano.

Todo esto, simepre que el Convenio Colectivi permita el prorrateo de las pagas extras.

Salvo mejor opinión.

Un saludo.