Usted mismo se contesto. No hay acuerdo y por tanto sin acuerdo no se prorratean las pagas extras. No necesita la empresa dar mas explicación, como bien dice usted por el articulo 33 se lo niegan, no hay acuerdo, no hay pagas prorrateadas. Lo lamento. Algunos empresarios son unos cabestros.
Pues vamos bien, el art. 33 ET trata del FOGASA que no tiene nada que ver con las pagas extra, por otra parte los convenios deben mejorar las condiciones del ET y por tanto se aplicaría el convenio así que...la razón no la tiene nadie pero se ha de aplicar el convenio.
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Buenos días, soy fisioterapeuta y trabajo en un centro de atención a personas con discapacidad. Nuestro convenio es el XV CONVENIO COLECTIVO GENERAL DE CENTROS Y SERVICIOS DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Por mi expareja tengo varios embargos pendientes por lo que solicité a la empresa el prorrateo de las pagas extraordinarias para evitar que me quiten mucha cantidad de dinero los meses en los que cobro la paga extra.
La empresa me remite a la asesoría y esta me dice que no puede ser por el art. 33 del E.T.
En mi convenio el art 44 pone que de mutuo acuerdo empresa y trabajador pueden pactar el prorrateo de las pagas extras.
Quien tiene razón? Ellos o yo?