El IVTM se prorratea por trimestre. Es decir, si doy de baja el vehículo en el mes de mayo tengo que pagar 2 trimestres, por lo que tengo derecho a que me devuelvan los otros 2 que he pagado.
Lo que pasa es que si corresponde al pago del IVTM del año 2003 tendré 4 años para solicitar la devolución del ingreso indebidamente realizado, por lo que pienso que el derecho a la devolución estará prescrito.
Qué prorrateo, que yo sepa, quien es titular de un vehículo, para el IVTM, como de un inmueble en el caso del IBI, es el obligado al pago del impuesto, todo el año. No te va a devolver nada el Ayuntamiento, ya lo verás.
He solicitado el prorrateo del IVTM 2003 ya que dí de baja definitiva mi vehículo.¿Quisiera saber si tengo derecho a los intereses de demora desde que page el recibo,junto con la parte prorrateada que me va a devolver el Ayto.?Agradecería mucho vuestra ayuda.