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Prorrata pagas extras en convenio industrias cárnicas

1 Comentarios
 
Prorrata pagas extras en convenio industrias cárnicas
10/01/2014 17:41
El devengo de las pagas extras es semestral. En la nomina nos viene la prorrata de salario base mas antiguedad. Mi Compañera dice q no es asi q es el.salario base divididi entre 365 y por los dias q trabajes ese mes. ¿vomo se calcula esta.prorrata de pagas extras?

muchas gracias
un saludo
10/01/2014 18:13
Las pagas extra se generan o bien anualmente, seria el caso que dice su compañero, o bien semestralmente, entonces si como dice la suya es de devengo semestral seria el mismo calculo pero entre 180 días.
En realidad es lo mismo, es decir su compañera al menos tendrá dos pagas extra anuales como sin la extra de verano y la de navidad, entonces para ella seis el SB mas antigüedad con el periodo de devengo de 1 de enero a 31 de diciembre mientras que el suyo seria una paga cada 6 meses y los devengos serán de 1 de enero a 30 de junio y la segunda de 1 de julio a 31 de diciembre, las de ella son dos pagas entre 365 días y multiplicado por 30 días, mientras que las suyas son una paga semestral dividida entre 180 días multiplicado por 30.
SMO.