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Propuesta por escrito de reducción del salario bruto anual

4 Comentarios
 
Propuesta por escrito de reducción del salario bruto anual
17/02/2020 09:53
Hola, en mi empresa nos han propuesto por escrito y con 15 dias de antelación una reducción dwl 10% salario bruto anual. Si me niego estan obligados a indemnización de 20 dias dw salario maximo 9 meses. Pero me han comentando, que si la empresa quiere prescindir de mi relación laboral.
Mi pregunta es si adoptan esta medida, que puedo hacer? Acepto la reducción y espero? La indemnización por los años que llevo son 12 años osea que por un lado si me despiden por objetivos o negandome a la reduccion sale casi igual.
Gracias un saludo.
17/02/2020 19:17
Emi45
Hay muchas lagunas:
- ¿A quién afecta la medida, a vd., a toda la plantilla?
- ¿Su salario se ajusta a convenio?
- En la comunicación que le hacen, solo le proponen la reducción del salario, o además le cuentan por qué es necesaria esa medida.
18/02/2020 10:01
pacog
Hola afecta plantilla, somos 4 trabajadores.
Salario por encima convenio.
Es la unica propuesta que nos han cuestionado.
Gracias.
18/02/2020 14:19
Emi45
Y porque de esa propuesta? La empresa va mal para que pueda acogerse a causas económicas?
Es que es del género tonto, usted me da por escrito que me reduce el sueldo, yo o no firmo o firmó como no conforme y ustedes me lo reducen igualmente, bien yo les demandó y que decida el Juez, salvo causas económicas no tengo porqué aceptar un despido y siempre intentaré que sea improcedente.
Si como dice, le bajan el salario, en el futuro le calcularán la posible indemnización con este nuevo salario con lo que perderá indemnización.
Pero cómo le digo, que sea un Juez quien decide, si usted acepta está firmando un acuerdo, por cierto quédese con copia de ese escrito, no es muy normal que la empresa se coja las manos poniendo por escrito que les reduce el salario.
smo
18/02/2020 17:06
Emi45
Bien, si es toda la plantilla, cuatro los afectados tenemos estas posibilidades.

1. Que la reducción de sueldo planteada por la empresa no afecte al salario del convenio colectivo (vd. afirma que cobran por encima de convenio):
Se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. La empresa debe de comunicar la decisión a cada uno de los trabajadores, detallando la causa que lo motiva, con una antelación mínima de quince días. La decisión es inmediatamente ejecutiva (a partir de la fecha de efectos que se dé en la comunicación). El trabajador puede estar de acuerdo con la medida, en cuyo caso no pasa nada. O no estar de acuerdo. Aquí tiene dos posibilidades. extinguir el contrato de trabajo con una indemnización de 20 días /año, con un máximo de nueve meses, o impugnar judicialmente la medida. Para ello tiene 20 días hábiles y no hay que presentar conciliación previa. El juez puede declarar nula, improcedente o procedente la medida. En este último caso se le "rehabilita" al trabajador la opción por la extinción indemnizada.
2. Si además afecta a las condiciones salariales del convenio, la empresa ha metido la pata del todo, porque en ese caso, habría que haber instado un procedimiento de inaplicación del convenio colectivo (art. 82 del ET), y que básicamente requiere acuerdo entre las partes.

Por tanto, mi consejo es que se pongan en manos de un laboralista, porque el tema tiene cierta complejidad técnica -teniendo en cuenta que puede haber dos procedimientos distintos o combinados (arts. 41 y 82 del ET), pero no extingan el contrato: la empresa se ha equivocado, casi con total seguridad.