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Propuesta Incapacidad - Paga la empresa o SSGG?

1 Comentarios
 
Propuesta incapacidad - paga la empresa o ssgg?
27/09/2012 18:06
Hola! Tengo un problema muy concreto con la empresa, a ver si alguien me lo puede aclarar.

Estuve un mes de baja. Después pasé a alta con propuesta para Incapacidad Permanente para Profesión Habitual y pasé por Tribunal Médico. Un mes después recibí resolución con denegación, y me reincorporé a la empresa.

Resumiendo: 1 mes de IT 1 mes de alta con propuesta a IP. La resolución viene fechada una semana antes de que se me notifique por correo certificado al concluir el segundo mes.

De todo esto ya hacen 5 meses, pero por un problema bastante gordo de comunicación entre los departamentos de la empresa, ahora me encuentro el siguiente problema. Y es que la empresa me pagó los dos meses como si estuviera de IT, y ahora me dicen que eso no está bien, que una vez me dieron el alta con propuesta a IP yo ya dejo de ser de la empresa, y no tendría que haber cobrado nada hasta que me reincorporé. Entonces el problema es que el departamento que paga me dice que no me pagan nada (y ya me deben 3 nóminas) hasta que arregle eso con el departamento que lo tiene que arreglar, todo esto aliñado con el hecho de que ambos departamentos no se pueden ni ver.

Mi pregunta es, el mes que estuve de alta con propuesta a IP, yo dejo de estar de alta en la empresa? Ese tiempo paso a estar a cargo de la SS con mi relación laboral con la empresa liquidada? Ese tiempo me lo tiene que pagar la SS? Cómo? A mí no me han ingresado nada ni me dijeron nada, ahora qué tendría que hacer para cobrarlo de la SS?

Independientemente del "chantaje", me urge saber esto, porque me gustaría tenerlo claro antes de decirle al otro departamento que ese mes de alta con propuesta a IP me lo apunten de una manera u otra...
03/10/2012 13:14
Nadie? Bue, cuento lo avanzado estos días...

Finalmente he averiguado, a pesar de que no me correspondía a mí, que desde el Alta con Propuesta de IP lo pagará la Mutua, y ya se arreglan ellos con la empresa.

El problema que me queda es el siguiente:

La Mutua dice que pagarán hasta la fecha de la resolución del tribunal, y no hasta la fecha de la notificación, por lo que me quedan ahí unos 10 días en el aire que puedo perder. Entonces, los efectos de la IT se prorrogan al 100% hasta la resolución o hasta la notificación? Dónde lo podría mirar? Llevo toda la mañana revisando leyes y no encuentro nada sobre esto.

Y por otro lado, debido a insinuaciones anteriores de la empresa y ante lo que me puedo encontrar cuando vaya a hablar con ellos... Desde el Alta con Propuesta de Incapacidad en adelante, la empresa puede darme de baja y dejar de cotizar y todo lo que conlleva, o debe mantenerme exactamente igual que si fuera una IT cualquiera, pagando IRPF y demás impuestos?

Porfaaaaaaaaaaa