La diferencia está en quién está ejercitando la iniciativa legislativa. En el caso de la propuesta de ley, la realiza el Congreso de los Diputados (bueno, una parte de estos, en el número establecido en el Reglamento del Congreso) y en el caso del proyecto la iniciativa parte del gobierno.
Vamos a ver, los dos cometeis un error en el nombre de los conceptos. No se trata de una PROYECTO DE LEY y de una PROPUESTA DE LEY sino de una PROPOSICIÓN DE LEY.
Si mirais el Reglamento del Congreso (arts. 124 a 129 vereis como habla de PROPOSICIONES.
Por lo demás, la diferencia sobre la inciativa legislativa es tal como apunta Montse.
Pero además, hay otras diferencias. En la propuesta es necesaria la toma en consideración de la cámara; en el proyecto, ni tan siquiera se plantea la toma en consideración, ya que se tramita directamente. Y en segundo lugar, las proposiciones se remiten al gobierno para que exprese su su parecer respecto a la toma en consideración. Por lo tanto, en la proposiciones existen dos tomas en consideración: la cámara y le gobierno. En los proyectos, ninguna.