Me acabo de divorciar, estaba casado en bienes gananciales. Soy propietario de una vivienda antes de casarme. El tema es que si yo fallezco mi mujer tiene algún derecho a la vivienda?, tenemos una hija menor, gracias.
Si estaba ya pagada antes de casaros es privativa tuya. La herencia pasará a tu hija. Que esta deje vivir ahí a su madre (o que tenga la custodia si sigue siendo menor) ya es otra cosa, pero no heredaría ella nada.
Salvo que quieras dejarle tú algo en testamento, que no creo.
Si en cambio se pagó al menos una parte (hipoteca normalmente) después de casaros, el porcentaje pagado en gananciales es ganancial, y deberá tomarse en cuenta en la liquidación de gananciales que ahora hagáis, o en caso de no hacerla se haría necesariamente si fallecieras tú antes. En la liquidación de gananciales se reparten los gananciales al 50%, y ella podría (si se pagó en gananciales, recuerdo) asignarse ese porcentaje de ese bien que es ganancial o algún otro.
Si hacéis ya la liquidación de gananciales y te quedas tú ese porcentaje ganancial sobre esa vivienda, pues será otra vez privativa tuya enteramente.
Mi marido se fue de casa hace unos mese y ahora vamos a proceder al divorcio pero he descubierto que lleva tiempo haciéndole transferencias de dinero a otra mujer. También se hace transferencia a él mismo a una cuenta que yo desconocía. Puesto que estamos casados en régimen de gananciales me imagino que eso podría ser considerado "usurpación de bienes" o algo así ¿estoy en lo cierto? Desconozco si tiene deudas de alguna clase pero mi segunda pregunta es : si fuera el caso de que las tuviera, nuestro régimen de gananciales no me obligará a pagar a mí la mitad de esas deudas ¿verdad? Estoy buscando un buen abogado pero hasta que lo tenga si alguien me saca de dudas lo agradeceré. Un saludo