expongo un poquito el caso, que en muchos años alquilando locales y viviendas no he encontrado algo así
el piso era propiedad del marido, teniendo la pareja un hijo adoptado
a la muerte del padre, al parecer segun la antigua legislacion la vivienda la hereda este , teniendo su madre el usufructo de la misma hasta su muerte
bien, el hijo desapareció y la madre ha sido ingresada en un asilo
no se puede vender el piso por que no es de su propiedad, y no hace mas que acumular deudas de comunidad y las propias de su situación, por lo que la familia la ayudó a alquilarla
el contrato es de cinco años y no hay problema para prorrogarlo, pero..
¿que derechos tiene el inquilino una vez de que esta señora fallezca ,en caso de que (como probablemente sucederá) el "desaparecido" vuelva a parecer??
el contrato se termina inmediatamente??
existe algun plazo??
existe derecho de renovacion o venta preferente a este inquilino?
se debe respetar el final del contrato si decide usarlo como vivienda o venderlo ?
muchas dudas, pero el caso no es nada similar a ninguna situación en las cuales haya tenido experiencia (y han sido multitud)
En general, cuando existe un arrendamiento realizado por un usufructuario, el contrato finaliza al termino del plazo pactado ó automáticamente cuando expira el usufructo, si es temporal, o a la muerte del usufructuario, si es vitalicio.
Lo mejor sería consultarlo con con un abogado experto en el tema para que, y con la documentación existente, le dé una solución.