Es cierto que el propietario de un inmueble tiene preferencia a la hora de adquirir la propiedad de un inmueble colindante al suyo propio??? en base a que normativa y artículo, en su caso, es cierto??? GRACIAS!!
si es cierto.
hablamos en éste caso del retracto legal que según el art.1523 del CCivil:
También tendrán el derecho de retracto los propietarios de las tierras colindantes cuando se trate de la venta de una finca rústica cuya cabida no exceda de una hectárea.
El derecho a que se refiere el párrafo anterior no es aplicable a las tierras colindantes que estuvieren separadas por arroyos, acequias, barrancos, caminos y otras servidumbres aparentes en provecho de otras fincas.
Si dos o más colindantes usan del retracto al mismo tiempo será preferido el que de ellos sea dueño de la tierra colindante de menor cabida; y si las dos la tuvieran igual, el que primero lo solicite.
pero antes de que se tenga que ejercitar el retracto porque la venta esta consumada, existe algún derecho de tanteo sobre la finca, que suponga que el colindante puedar optar por la finca preferentemente????? GRACIAS