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Propiedad vendida y denuncia por daños en la propiedad del vecino

3 Comentarios
 
Propiedad vendida y denuncia por daños en la propiedad del vecino
18/05/2017 11:42
Buenos dias y gracias a todos por adelantado. Mi consulta es la siguiente.

Hace dos años vendi una propiedad que tenia en un pueblo de Soria. Acabo de recibir una citacion por la denuncia de un vecino que supuestamente ha sufrido daños derivados de aguas pluviales que le caen de esa propiedad que se vendio por medio de escritura particular (un documento particular que se redacto entre comprador y vendedor (yo mismo) firmado por ambos y por testigos)

Ademas de ese documento, dispongo de la baja de la propiedad gestionada en el registro. Aun sabiendo el denunciante y su abogado que la propiedad se vendió, han denunciado los echos y ahora tengo que contratar un abogado para gestionar la demanda.

La pregunta es:

1. Porque admiten la demanda si yo no soy ya el propietario?
2. Puedo reclamar a posteriori los gastos derivados de esta denuncia? (en el caso que la justicia me de la razón, que probablemente será lo que ocurra puesto que yo no soy el propietario..

Mil gtracias
18/05/2017 12:56
Albra
Ese es uno de los riesgos (y no el menor) de no inscribir en el Registro el cambio de titularidad. La demanda se admite porque han presentado en el Juzgado un certificado del Registro en el que tú figuras como propietario y ahora tendrás que alegar falta de legitimación pasiva y demostrarlo. Salvo que se estime que han obrado de mala fe (NO BASTA con demostrar que ya no eres el propietario), tendrás que apechugar con los gastos que eso te ocasione.
18/05/2017 17:44
D. Crane
Gracias por tu respuesta. En realidad la finca no está registrada. Tan solo disponen del contrato de compra/venta entre el primer propietario y yo. Con lo cual, es suficiente para denunciarme, teniendo indicios de que la finca está vendida a un tercero..?

Gracias
18/05/2017 18:35
Albra
En ese caso con el contrato es, por supuesto, más que suficiente para que el Juzgado admita la demanda a trámite porque en él ignoran si hay otro posterior. Tú debes alegar (por medio de abogado y procurador si el procedimiento lo requiere) falta de legitimación pasiva aportando el tuyo. Es posible que el demandante sea condenado en costas, pero no seguro.