Un solar o terreno es propiedad en proindiviso de dos personas. Una de ellas quiere vender sus derechos sobre el terreno ya que necesita liquidez. Puede vender su parte a un tercero y que éste pase a formar parte de la comunidad de bienes? o es necesario que solicite la partición judicial y luego vender?
Si encuentra comprador, puede vender su parte indivisa.
Si el terreno es urbano, no tendrá ningún problema.
Si es rústico, podría haber derecho de retracto para la otra parte indivisa.
Salvo mejor opinión.
1.- antes de la venta, hay que dividir la finca y cada uno se queda con una parte ya materializada ? o entra a formar parte es tercero de la comunidad de bienes?
2.- el otro comunero ( el que no quiere vender) hizo una serie de trabajos en la finca ( talar arboles y allanar terreno). Puede exigirle el pago del 50% al comunero actual? y al tercero que adquiere?
1.- No hace falta materializar la división. Se puede vender el 50% sin determinación en el terreno.
2.- ¿comunicó esos trabajos a la otra parte y le dió en OK? ¿era un trabajo necesario de mera conservación?... Muy problemático lo veo. Que lo pida pero lo va a tener difícil y ¿por qué lo hizo? ¿revaloriza el terreno claramente?. Lo malo de esto es demostrarlo y que alguien se lo reconozca (Un Juez).