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propiedad horizontal

12 Comentarios
 
Propiedad horizontal
25/01/2015 00:56
Hola, mi duda es la siguiente.
formo parte de una comunidad de 14 vecinos y un propietario de bajo comercial. Vamos a realizar obras de saneamiento fachada, reposicion cubierta y nuevo ascensor.El propietario del bajo trae a la reunion su escritura en la cual lo excluye de pagar los gastos de conservacion de fachada y no participa en gastos de ascensor ni de comunidad desde siempre,solamente participando en la reposicion de la cubierta.Con la nueva Ley ¿no tendría que participar en todo y pagar asimismo regularmente gastos de comunidad?.¿Que se necesitaria para que tubiera que participar si no es asi?
Gracias
25/01/2015 19:26
Hola elaluro:

A pesar de que tendras opiniones en contra, yo considero, que para que un local comercial o cualquier entidad de una comunidad de propietarios esté exento del pago de determinados servicios, deberá constarasí en la escritura de obra nueva y división horizontal, o en los estatutos registrados.
En este caso parece ser que el propietarios del bajo está exonerado, pero no en cuanto a las obras que vais a realizar, incluido el ascensor, como bien has dicho, está exento del mantenimiento, pero hay sentencias del TS en el sentido de que la instalación del nuevo ascensor, le dará mas valor al edificio, y por lo tanto deberá contribuir.
Hay comunidades de propietarios que cuando realizan reformas en el patio, eximen del gasto a los locales, mal hecho, pero si no estas de acuerdo ya sabes, impugnar y abogados, juicios etc.
Saludos/juanchito
25/01/2015 20:25
Coincido. Hay que separar los conceptos de inversión y gasto. Su escritura le exime de pagar ciertos gastos de conservación, pero como co-propietario tiene que participar de cualquier inversión que incrementa el valor del edificio.

En el presente caso, yo entiendo que:
-tiene que contribuir al coste de instalación del ascensor, pero no a los gastos de mantenimiento;
-reposición cubierta, no hay duda de que participa;
-saneamiento fachada, si es conservación no contribuye, según la escritura. Pero si no es mera conservación (limpieza, reparación desconchones, pintura) sino que supone una mejora (por ejemplo, sustitucion de materiales por otros más impermeables, o aislantes del ruido y temperatura, etc.) entonces tendría la consideración de inversión y sí que debería participar.

Todo esto entendiendo lo que figura en su escritura, tal y como dice en el primer párrafo:
".El propietario del bajo trae a la reunion su escritura en la cual lo excluye de pagar los gastos de conservacion de fachada y no participa en gastos de ascensor ni de comunidad desde siempre,solamente participando en la reposicion de la cubierta."
Por eso me entra la duda, cuando dice lo de "desde siempre"... ¿figura en la escritura o no?
25/01/2015 22:45
hola mark9. desde siempre digo yo para que me entendaís el nunca ha pagado nada incluso hemos hecho obras en el portal y no ha pagado, ni asiste a reuniones, ahora como de la cubierta no se puede escapar ha asistido a la reunión y aporta la escritura, el administrador le dió la razón diciéndonos que estaba exento de todo por escritura no siendo la fachada, por eso os hago la consulta yo no lo tengo claro.
25/01/2015 23:09
Por eso digo que no me queda claro:
".El propietario del bajo trae a la reunion su escritura en la cual lo excluye de pagar los gastos de conservacion de fachada y no participa en gastos de ascensor ni de comunidad desde siempre,solamente participando en la reposicion de la cubierta."

Pone que la escritura "lo excluye de pagar los gastos de conservacion de fachada" pero luego dice "Y"--- "no participa en gastos de ascensor ni de comunidad.." pues si tambien lo pone en la escritura, es lo que vale. Otra cosa es que no haya pagado "desde siempre", pero si le corresponde pagar tendrá que hacero ahora.
05/02/2015 23:52
hola
Vamos a poner ascensor y quitar barreras arquitectonicas, en edificio de 10 viviendas con 2 pisos entresuelos y 2 pisos por cada altura 1º, 2º,3º y cuarto. La Comunidad de vecinos ha votado 6 a favor de poner y 4 en no poner (los 2 pisos entresuelos y los 2 pisos de altura del 1º). Como es 6 contra 4 se va a realizar toda la inversión. Pero los entresuelos dicen que NO quieren pagar, se les ha indicado que se les llevará al Juzgado para que paguen lo que les corresponda más los gastos que ocasionen (costas, intereses). ¿Pueden tener alguna posibilidad de dejar de pagar aun llevandoles al Juzgado? Gracias anticipadas
06/02/2015 10:44
El ascensor es una nueva instalación o servicio, y los que votan en contra no están obligados al pago ni de su instalación ni del mantenimiento.

En cambio los gastos por obras de accesibilidad, para eliminar barreras arquitectónicas, son obligatorios para todos los propietarios.
09/02/2015 14:41
Art. 17.4 LPH, verdad Mark???
09/02/2015 18:03
Efectivamente, esta es la misma pregunta que en el otro hilo.

A ver Fixin, listillo, lo que le he dicho (en la otra respuesta) es que si hay algún mayor de 70 años o persona con incapacidad, dato que no había incluido en su pregunta inicial.
Pero aunque no te guste, si no fuera ese el caso hay jueces que lo han considerado mejora y se ha eximido del pago a los disidentes, conozco casos en primera persona (GonzaloF creo que también cita alguno, según comentó en el otro hilo).

O sea que SI!!!, en algunos casos se rige por el 17.4 aunque esto parece que te cause un cierto desasosiego, a lo mejor arrastras algún tipo de trauma infantil al respecto.
09/02/2015 18:12
Ratifico lo que indiqué en el otro post que abrió SUSANA1960, todas las sentencias que conozco si hay mayores de 70 o discapacitados son a favor de la comunidad. Pero no habiendo ancianos o discapacitados también las hay, como apunta mark9, que lo consideran una mejora dándose la razón a los que votaron en contra y que no querían asumir el pago.
Por eso le decía en ese post a SUSANA1960 que hay que andarse con ojo en las afirmaciones tan categóricas, ya que lo que parece tan claro a veces llegados a juicio no lo es tanto.
10/02/2015 10:30
Ummmm, listillo, trauma infantil .... Tanto te duele que no te den la razón????
Leíste los enlaces que colgué en el otro hilo??? Apuesto a que no.
Conoces a Vicente Magro Servet o has oído hablar alguna vez de él???
Hay que ser un poquito más humilde Mark y no empezar a descalificar cuando alguien argumenta una postura contraria a la que tú defiendes. Cuando uno hace eso queda retratado a los ojos de todos los que leen.
Gonzalo, te lo pido de verdad, me podrías decir algunos ejemplos de esas sentencias donde no hay ancianos ni personas con movilidad reducida y que la sentencia lo considera una mejora y dan la razón a los que votaron en contra y les libra de pagar??? Es que me sería de muchísima utilidad. Eso si, que sean sentencias posteriores a 26 de junio de 2013.
10/02/2015 19:07
Mira listillo, resulta que no empiezo a descalificar, como tú dices, cuando alguien argumenta una postura contraria a la que yo defiendo, cosa que se produce en casi todos los post en que intervengo, ya que a diferencia de tí no todos pretendemos tener la razón absoluta.

Además, llamarte "listillo" no es descalificar, sino lo contrario, calificar: te califico como "listillo", que viene a ser un diminutivo de listo, un proyecto de inteligencia, alguien que sin serlo se lo cree. El día que te "descalifique", como tú dices, verás la diferencia.

Lo que tú haces no es argumentar, sino dártelas de listo, hacerte el chulito, al preguntar en este hilo lo de "Art. 17.4 LPH, verdad Mark???" cuando este tema ya se ha respondido en el otro post en que se hizo la misma pregunta.

Y para terminar, porque esto ya me aburre, si eres capaz de leer un poquito y comprender lo que lees, verás que ya he puesto un montón de veces (igual que el compañero GonzaloF) que no pretendo tener la razón absoluta (como tú) sino que simplemente hago ver a quien pregunta que el asunto no está tan claro como otros le queréis hacer ver, y que siempre está abierto a interpretaciones.
11/02/2015 09:45
Ay Mark, cuanta mala baba. Yo aun no te he descalificado, no lo veo necesario y menos en un foro donde pretendemos ayudar a la gente que pregunta dudas.
Eso si, yo no quiero la razón absoluta, simplemente le he comentado los artículos que debene aplicarse en el caso que plantea, solo eso. Estoy esperando a que Gonzalo nos facilite esas sentencias que comenta donde los que votan en contra no pagan la instalación y se lo he pedido porque realmente me parecería muy interesante conocerlas. Yo es que he estado echando un vistazo y no he encontrado ninguna.
Yo he argumentado y aportado la opnión contrastada de expertos, sobretodo la de Magro Servet, y ni rastro de tu teoría del 17.4 en este caso.
Pero nada, es mejor salir por peteneras y descalificar en lugar de reconocer un error ... supongo que será cuestión de ego y educación.