Usted no tiene una parte proporcional en esa propiedad, porque pertenece a una sociedad, que es la sociedad matrimonial. El catastro es una mera oficina fiscal que tiene como objeto la elaboración de estadísticas para confeccionar el IBI, y no es por tanto el Registro de la Propiedad. Sin duda en el Registro vendrán los nombres de su esposa y de usted con la leyenda "100% pleno dominio para la sociedad conyugal compuesta por esta y esta otra persona". Por lo tanto, no puede usted hacer nada sin la firma de la otra persona que compone la sociedad.
DickTurpin significa eso que con mi parte proporcional de la propiedad yo podria avalar, vender o cualquier otra operacion sin necesidad de la firma de mi esposa, o seria necesaria su autorizacion y firma
A lo que se refiere el certificado catastral es al hecho de que son propietarios de una parte alícuota del 50 por 100 cada uno. Quien es titular del 100 por 100 del pleno dominio es la sociedad de gananciales.
hola, soy nuevo en el foro y no se si mi duda encaja en este area,Mi esposa y yo estamos casados en regimen de bienes gananciales y con pleno dominio 100% de nuestra vivienda habitual segun el registro de la propiedad, sin embargo en el certificado catastral consta como propietarios 50% ella y 50% yo de participacion en la misma, es normal, esta bien? si no esta bien que hay que cambiar y donde hay que ir?, gracias