Hola, esa es mi consulta, tenemos elecciones sindicales en mi empresa y uno de los sindicatos que se presenta, además de otras cosillas rastreras, ha ido repartiendo propaganda por las taquillas del personal el dia de reflexion.
Que consecuencias puede tener este acto, ya que en la entrada de los vestuarios hay cámaras que recogen quien a sido y a que hora.
Saludos.
Las elecciones las ha ganado USO, los tramposos CCOO, y grabados están, lo malo es que la empresa se cruza de brazos con las imágenes de las cámaras, así que lo dejaremos pasar por no romper la alegría de la victoria.
Saludos.
Las cámaras son fijas en las instalaciones, pertenecen a la empresa, pero están gestionadas por una empresa de seguridad subcontratada.
En otros casos anteriores de robos en taquillas, ha sido esta empresa de seguridad, previa denuncia a la empresa por parte del afectado, la que ha intentado solucionar por medio de estas cámaras quien ha pululado a horas extrañas en los vestuarios.
En el caso particular de la propaganda en día de reflexión, el caso fue que el relevo de noche, entraba a la 23,00 horas y solo quedaba una hora de campaña electoral que terminaba a las 00,00 horas, hasta esa hora de terminación de campaña había gente en los vestuarios, y aseguran que no había ninguna propaganda a esa hora, al salir el relevo por la mañana y entrar el siguiente a las 7,00 horas ya estaba plagado los vestuarios de octavillas de CC.OO.. Pensamos que ha sido alguien del relevo de mañana que ha llegado un poco antes de los demás y ha echado toda esa propaganda el mismo día de reflexión.
Saludos.
A ver,que leer deprisa a veces tiene problemas,no he caido en ese "pequeño"detalle.
¿Cámaras DENTRO DE LOS VESTUARIOS?
Si es así,desde luego que es para reirse un rato.
Eso pensé yo al ppio pero luego aclara que están en la entrada, es decir en el exterior, a la entrada, tb luego aclara que son cámaras puestas por la empresa y no unas cámaras puestas en un recinto de empresa de forma clandestina, ai que supongo que están legalmente publicitadas, no obstante y tras lo comentado sigue habiendo fallos, me explico, mi primera opción fue la clandestinidad de la obtención de esas imágenes, todos sabemos que las grabaciones son aptas siempre y cuando éste presente en las mismas la persona afectada pero las imágenes no tienen nada que ver por lo que esas imágenes no serian válidas, luego esta la normativa sobre la utilización de las cámaras, la empresa de seguridad no puede aportar esa información si no es requerida por la autoridad competente y para ello debe mediar denuncia, es decir la empresa de seguridad es custodia de esas imágenes y la empresa, el cliente puede tener un responsable del departamento de seguridad que se encargue de tratar con la empresa de seguridad y puede tener un portátil desde el que puede ver las imágenes en vivo, (tiempo real), pero no acceso a las grabaciones, por otra parte, las imágenes tienen dos plazos para ser destruidas que dependiendo de los condicionantes son de 15 y un mes de plazo, (no sabemos lo que llevan), mi duda llega en este momento, ¿ha transcurrido el plazo? ¿no ha transcurrido y el delegado tiene acceso a esas imágenes? Vamos e su inicio dice que tiene las imágenes, esto no es posible así que si las tiene y las presenta ante un juzgado a parte de que no servirían como prueba la parte acusada podría reclamarlas para interponer denuncia por vulneración de la LOPD y entonces tanto la empresa como el sindicato que aportase esas imágenes tendrían serios problemas.
Por último decir que pienso que en el momento de presentar impugnación, (hasta el día ss de celebradas las elecciones), no se ha realizado la misma por lo que ya no ha lugar a ningún tipo de impugnación, si se hubiese hecho en tiempo y forma iríamos a un procedimiento arbitral, el cual es que ante un procd. arbitral se designa un arbitro que las partes deben aceptar su decisión salvo que en el acta no se prescriba fehacientemente el conflicto o salvo que el arbitro se pueda sospechar que tenga alguna causa por la que deba apartarse del procedimiento, solo entonces se podría presentar demanda ante el juzgado impugnación sobre el laudo, así que le recomiendo al Delegado de la USO que celebre haber ganado las elecciones y que si tiene esas imágenes, primero que no lo divulgue y segundo que se deshaga de ellas lo mas rápidamente que pueda.
SMO
No,Las imágenes están tomadas por la empresa,y legitimamente,el que el control físico de estas cámaras lo ejerza la empresa o una contrata,es indiferente,la empresa tiene acceso a las grabaciónes,y,desde luego,si en ellas se prueba un ilícito,son perfectamente válidas,en algunos casos,incluso siendo cámaras "clandestinas"pueden tener valor probatorio en determinadas circunstancias.
No se trata de que un empleado o un sindicato aporten las imágenes,se presenta denuncia y ya se encargará el juzgado de reclamarlas.
Otra cosa es los plazos,que pueden haber caducado o que se presenten directamente las imágenes por parte del demandante,en ese caso,tendría un problema serio