Tengo una duda en la aplicación del convenio de oficinas y despachos de la comunidad de Madrid, en relación a la aplicación del articulado que recoge la promoción profesional.
Cuando el Convenio recoge que el personal que tenga una antigüedad de 5 años desempeñando labores administrativas en el nivel 9 pasarán al nivel 8.
Desde cuando pasa al nuevo nivel? desde el 1 de enero, como pasa con la retribución por antigüedad, o desde el mes en el que efectivamente se cumplen los 5 años de antigüedad (fecha de ingreso en la empresa).
Gracias de antemano por vuestras respuestas.
Buenas noches, la antigüedad que viene reflejada en la nómina, es la que marca cuando se cumplen 5 años de antigüedad del empleado/a, así que deberá computar desde la fecha de antigüedad que aparece en dicho documento 5 años, v.gr. si su antigüedad es desde el 04/09/2017 los 5 años los cumpliría precisamente hoy 03/09/2022. smo