hola, el Convenio Colectivo de un Ayuntamiento dispone en su articulo de promocion interna lo siguiente: "La Corporación facilitará la promoción interna, consistente en el ascenso desde Cuerpos, Escalas u otras categorías profesionales de un Grupo a otro superior. El trabajador deberá para ello poseer la titulación exigida o dispensa de grados para el ingreso en los últimos, tener una antigüedad de al menos dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezca, así como reunir los requisitos y superar las pruebas que para cada caso establezca el Pleno de la Corporación."
Este mismo convenio estable los grupos en a,b,c,d,y e.
Quisiera saber si desde el grupo E podría promocionar al grupo C o B, por ejemplo, segun los estipulado en el convenio paral el personal laboral del ayuntamiento.
Si eres laboral, podrías promocionar (si existe voluntad) a otra plaza laboral de grupo superior.
La manera de acceso será mediante convocatorias de acceso específicas, convocadas cumpliendo lo previsto en las leyes estatales y autonómicas
Pero lo más probable es que casi todas las plazas, sean de naturaleza funcionalial y no podrás acceder, mientras no seas funcionario.
Pero yo quisiera saber que según lo estipulado en nuestro convenio (existen grupos A,B,C,D, y E), se podría pormocionar de una sola vez del grupo E al C, o del D al A directamente.
En funcionarios tiene que ser de un nivel a otro inmediatamente superior, pero en laborales tenemos que la promocion es de un grupo a otro superior.