Mi padre murió hace 11 años y quedo viuda y cuatro hijas una de las hijas vendio su parte derechos hereditarios y ahora nos llega un burofax que no van a mandar a juicio para partir herencia Y ahora
Jémez, no nos digas que vas a vender tu proindiviso a una de esas empresas buitres, y que te están soltando tralla civilista de la buena. Como eres un forero ilustre, se te contesta:
El proindiviso es una de las condiciones de las cosas , y la copropiedad es una de las facultades de las personas. Que algo sea indiviso significa que no se puede dividir (como una vaca o un barco) puesto que los copropietarios no pueden individualizar ninguna parte de esa cosa, de forma que puedan conectar su derecho a una determinada superficie, a una parte de un animal o a una cosa que, evaluada por piezas, dejaría de existir conceptualmente (cf.: un vehículo). El proindiviso no se pronuncia sobre régimen de propiedad ninguno (multi, co o propiedad de uno solo): sigue siendo indivisible si las normas urbanísticas o la naturaleza de la cosa así lo dictan. Semánticamente "pro" significa "lo primero", y se usa para enfatizar que la indivisión es el carácter esencial de la cosa. Cuando varias personas adquieren en "proindivisión" ya saben que no habrá partes para cada uno.
Condominio (mejor que "copropiedad") expresa las facultades de los propietarios de algo. Se es condómino en proporción a una cuota, y la cosa sobre la que recae, puede ser divisible e indivisible, en el sentido convencional del término.
Por lo tanto, se puede "disolver" el condominio, pero jamás la indivisión. Cosa distinta es la percepción que tenga cada condómino con respecto a lo suyo, y el poder taumatúrgico y eficaz de la palabra "proindiviso", que todo propietario al que le sobreviene una herencia lo identifica como "cuota de propiedad que no se puede repartir". De ahí que aparezcan anuncios de compra de proindivisos. Pero a nosotros no los la pegan, Jémez, ya que somos procivilistas.
Sí, me parecía que estaba suficientemente claro, sin necesidad de mayores explicaciones, que significa lo mismo ser copropietario de una cosa que tener la propiedado de una cuota parte de esa misma cosa.
quiero saber si ambas cosas son lo mismo o no.
Que requisitos hay para considerarlo proindiviso? es decir, cualquier cosa que sea de mas de una persona es siempre proindiviso?
Es que a veces leo que para considerarse asi tiene que ser indivisible, pero no me queda claro.
Otra cosa, si hay una herencia y una casa corresponde a dos hermanos, ¿eso es proindiviso o solo lo será a partir de que se adjudique?