Saludos.
Mi consulta es la siguiente, he comprado hace dos años una vivienda en finca de 7 plantas mas azotea que comprende la antigua vivienda del portero vacía y una terraza, hay una vivienda por planta y hace mas de 10 años se acordó tendrían llave la presidenta y vicepresidenta por razones de seguridad ( las razones de seguridad son que la presidenta persona mayor y que lleva 15 años en el cargo vive en el piso inferior y no quiere le pisen o utilicen la terraza y como a los vecinos les viene muy bien se encargue de la comunidad no le discuten).
He solicitado llaves para tener una salida de emergencia en caso de producirse un incendio ya que mi vivienda es la 6º planta, a lo que se niega por haberse aprobado.
Mi consulta ya que tendré que reclamarlo judicialmente y aunque entiendo que no se puede negar el acceso a un elemento común y mas por este motivo pero otra cosa es lo que puede entender el juez, mi pregunta para alguien con conocimientos jurídicos que posibilidades cree tengo de conseguirlo y no acabar mas cabreado con este piso que ya me ha dado problemas con los vecinos instigados por la presidenta que no ha parado de incordiarme con el ayuntamiento.
Saludos.
Creo que tu cnsulta es máas adeucada para el foro de Propiedad Horizontal.
No obstante, si el acuerdo fue anterior a tu compra y no está inscrito en el Registro de la Propiedad (como me imagino), a ti no te vincula. En consecuencia, tendrías derecho al acceso como parte común que es.