hola,
les planteo este pequeño problema.
Una S.L. de 4 socios (20%, 20%, 10% y 50%) y con dos administradores. El socio que posee el 50% no es administrador debido a que está jubilado y cobra pensión de invalidez, pero trabaja en el desempeño del negocio ( un comercio ).
El resto de socios considera que su presencia en la empresa ( trato con clientes ) es perjudicial para la buena marcha del negocio y quieren que no ejerza ningún tipo de trabajo ni que acuda por el establecimiento.
Se le seguirían manteniendo todos sus derechos cmo socio ( ver la contabilidad, aprobación cuentas, elección administradores ... )
Cuando una persona ejerce la condicion de socio, independentemente de el % que posee de las acciones y del trabajo que desempeñe en la dicha, tiene todo el derecho a disfrutar de los requistios que dicha condicion le otorga. Siempre que sea socio tiene derecho a ver la contabilidad, a la eleccion de los administradores,... pero a aprovar las cuentas no porque no se trata de un administrador.
Entre otras cosas porque el tiene un 50% de las participaciones, con lo que en un momento dado puede bloquear todas las decisiones en la junta general, lo que puede llevar a la paralización de la sociedad.
Al no ser Administrador, solo puede saber del funcionamiento de la empresa en la Junta, y en su derecho a revisar la contabilidad, pero las decisiones del día a día son responsabilidad de los administradores.
Raquel, creo que te equivocas, la aprobación de las cuentas anuales es competencia de la Junta General, no de los Administradores (Art 44.1.a LSL)
Creo que en este caso estáis más en un tema de trato con el acionista mayoritario, que un tema societario o legal.
No sé si aparte de la incomodidad que supone el tenerlo todo el dia por el comercio, hay otros problemas entre los socios, y como esta la relación entre ellos.
Yo lo que haría personalmente, es comentarle la incomodidad para el negocio y los clientes, el que este todo el dia en él, supongo que como esta jubilado se aburre y asi sepiensa que es útil.
Le propondría que evitase acudir constantemente a la empresa, incluso podrias crear un organo consultor para que el vaya solo una vez a la semana o cada quince dias, para que vea que le teneis en cuenta, pero que no es necesario tenerlo todo el día, y que como jubilado que es incluso podria ser un problema para la sociedad si tuviese un accidente en la empresa.
Si asi no lo podeis solucionar, entonces a lo mejor le tendrias que comprar sus participaciones.