Buenas tardes:
Estoy completando mi declaración de la renta del año 2006 y tengo algunas dudas.
Vendí mi vivienda habitual por 295000 euros en junio de 2006 (esta vivienda me costó en 2003 220.000 euros y en la fecha de la venta tenía una hipoteca de 130000 euros) y en junio de 2006 compré un terreno en el que estoy construyendo mi nueva vivienda.
Estoy utilizando el programa padre y tengo estas dudas:
- En la página 9 (G3) obtengo la ganancia patrimonial de la venta (64.200 euros)(casilla 423)pero no encuentro la forma de indicar que me quiero acoger a reinversión. Y aunque las instrucciones del programa dicen que lo pondría automaticamente en el apartado G4 aquí no aparece nada y no me deja introducir ningún dato en dicho apartado G4.
-Mi siguiente duda es como indico yo al programa la cantidad real que obtuve de la venta y que supongo que es la que tengo que reinvertir (precio de venta menos hipoteca pendiente)pues en las casillas 406 y 407 indico los precios de venta y compra pero en ningún caso puedo indicar que cancelé la hipoteca y no obtuve 294000 euros sino 164000 al descontar la cantidad pendiente de la hipoteca.
-Por último, durante 2006 tuve dos hipotecas, una hasta junio con lo que era mi vivienda habitual y otra a partir de junio sobre el terreno en el que estoy construyendo. Supongo que me puedo desgravar las cantidades de la primera hipoteca hasta que vendí la casa en junio, ¿pero cuando podré empezar a desgravarme de la nueva hipoteca si con la que cancelé me había desgravado en los años que estuvo vigente unos 48000 euros? ¿Puede ser cuando invierta en la nueva vivienda los 164000 más los 48000?
-¿Dónde indico las cantidades reinvertidas durante el 2006?
Creo que tienes una pequeña confusión de conceptos:
Si compras una casa por 220 y la vendes por 290, el beneficio es siempre 70, independientemente de como se haya financiado esa compra. Esos 70 son por los que tendrías que tributar, y son los que tienes que reinvertir.
Puedes empezar a desgravar por la 2ª vivienda cuando lo invertido supere la cifra por la que te desgravaste de la primera mas la ganancia reinvertida exenta.
Ten en cuenta además que podrías haber perdido el derecho a las deducciones que te has practicado por la primera vivienda, ya que hacienda exige que para que la vivienda sea considerada "habitual" y por tanto con derecho a deducción, vivas en ella al menos 3 años (se cuentan de fecha a fecha, no por años naturales: si comenzaste a vivir en ella por ejemplo el 30 de junio de 2003, y la has vendido antes del 30 de junio de 2006 entonces no han pasado los 3 años y tienes que devolver las deducciones, salvo algunas pocas causas justificadas como matrimonio, traslado en el trabajo, etc.
No se si me he explicado bien: para saber cuando puedes empezar a deducirte por la segunda vivienda habitual tienes que sumar las cantidades que te sirvieron de base (no la cantidad deducida) en la primera, y luego sumarle la cantidad reinvertida exenta (por la que no has tributado).
Otro problema que tienes, aparte de que compruebes que la primera vivienda lo ha sido durante al menos 3 años, es que ahora he releido tu post y pones que en el 2006 has pagado por el terreno y que ahora estás construyendo la casa. Para que hacienda considere eso como vivienda habitual debes de habitar en ella efectivamente antes de un año... no creo que comprar el terreno se pueda considerar como una compra de vivienda habitual salvo que terminaras la casa y la ocuparas antes de 1 año.
Rectifico, me parecía un poco raro lo que he puesto: tienes 4 años, desde que comienzas a pagar el terreno hasta que vives en la casa. El plazo de un año es cuando compras la vivienda ya construida.
Lo que me ha liado un poco es que ya has vendido la primera vivienda, pero has comprado sólo el terreno de la segunda.