Alguien podría aconsejarme que pasos seguir con esto del PRODI, resulta que mi pareja está que trina y aunque le digo que valla a aclararlo al inem, me dice que esta harto de que no comprendan situaciones fuera de lo común y que al final los nervios le van a traicionar.
Resulta que agotó la prestación del paro hace unos 2 años, después solicitó una ayuda y no le dieron nada, más tarde consiguió un trabajo a media jornada pero como autónomo, por lo cual no llegaba ni a 400€, pero estaba contento porque al menos estaba ganando algo.
Resulta que un buen dia mientras trabajaba le llegó un comunicado del Inem indicandole que le pertenecia la ayuda del PRODI, con su correspondientes documentos para solo firmar, rellenar y entregar en el INEM.
Como estaba trabajando, pues logicamente no solicitó la ayuda y ahora que la solicita le dicen que está fuera de plazo y que además solicitó la baja en la seguridad social de forma voluntaria trabajando por cuenta propia.
Ahora de nuevo no tiene ningún tipo de ayuda y no comprende ( yo tampoco ) como un autónomo se puede dar de baja de forma involuntaria y lo peor, como es posible que sigan corriendo los dias de plazo mientras estás trabajando, pues parece que te estén diciendo a gritos que dejes de trabajar o perderás la ayuda.
Tengo bastantes dudas sobre el caso que expones. Es cierto que el cómputo de los 60 días para solicitar el prodi se interrumpe si el trabajador está trabajando. Lo que pasa, es que al finalizar este trabajo se necesita estar en situación legal de desempleo para tener derecho al prodi (si no se tiene derecho a una prestación o subsidio). La finalización de la actividad como autónomo no se considera 'situación legal de desempleo' (está la excepción de poder reanudar una prestación o subsidio si no han pasado dos años como autónomo). Ahora me pillas en fuera de juego pero creo que esa es la razón por la que no tiene derecho al prodi. Aún así, siempre puede solicitar la ayuda y ya le llegará la denegación (si es tal) con la causa oportuna. Saludos.
Si ya la solicitó y le llegó la negación por los dos motivos expuestos, el siempre ha estado trabajando por cuenta ajena tiene 27 años cotizados, luego puso una agencia de viajes durante 2 años, de los cuales 1 fué pluriempleado.
Después se quedó en paro, le quedaban unos 4 meses porque el resto lo habia capitalizado para el negocio, una vez agotada la prestación no le concedieron ningún subsidio. Seguidamente a los 4 meses aprox. se puso a trabajar a media jornada de autónomo colaborador ( ya que el empresario es su hermano ) durante 1 año, ahora el hermano no tiene trabajo ni para el por lo que no puede darle trabajo.
Fué al Inem se hizo el carnet de paro, solicitó esta ayuda que ellas mismas le comentaron y ahora le ha llegado la denegación, aunque la carta parece que se refiera a otra cosa.
En la carta pone ( abreviando )
RESOLUCIÓN DE DENEGACIÓN DE INCORPORACIÓN AL PROGRAMA TEMPORAL DE PROTECCIÓN POR DESEMPLEO E INSERCION.
Examinada la solicitud....bla, bla, bla
Hechos:
1. Ud. ha presentado la solicitu fuera de los plazos establecidos en la ley 14/2009.
2. Durante el plazo de solicitud del programa, Ud. ha realizado un trabajo por cuenta propia, cesando en el mismo de forma voluntaria.
Hay que tener en cuenta que la comunicación de la carta no significa que se tenga derecho. El sistema informático o lo que sea, genera una carta de comunicando a los posibles perceptores del prodi que han agotado una prestación o subsidio.
Veamos el primer punto:
1. ¿En qué fecha agotó la prestación? No la del último pago que suele ser el día 10 del mes siguiente.
2. ¿En qué fecha empezó a trabajar de autónomo con su hermano y en qué fecha terminó? O sea de alta y baja en el Reta.
3. ¿En qué fecha solicitó el prodi?
El segundo punto sigo insistiendo en la "situación legal de desempleo". Puedes encontrar cuáles son estas situaciones si rastreas por internet.
1. fecha prestación desempleo 1/11/2008 - 14/05/2009
2. fecha autonomo 01/11/2009 - 31/07/2009
3. fecha solicitud PRODI 24/08/2010
4. fecha alta INEM 24/08/2010
Perdona mi ignorancia pero si el punto 2 es situación legal de desempleo, entonces estando de autónomo lo podría haber solicitado?
- Terminó la prestación en mayo de 2009
- El plazo para solicitar el prodi se inició el 14 de noviembre de 2009, para los que agotaron el paro desde enero hasta agosto del 2009 cuando se aprobó el Decreto-ley.
- En esa fecha está trabajando y por lo tanto no puede pedirlo por estar de alta en la SS. El periodo de 60 días hábiles para solicitar el prodi se interrumpe si se está trabajando.
- Empezaría a contar el plazo de 60 días hábiles para solicitarlo una vez finalizada la relación laboral. Para ello debería encontrarse en "situación legal de desempleo" y no haber generado cotizaciones para un nuevo derecho a prestación o subsidio por desempleo.
Por lo tanto, desde mi punto de vista, está en plazo para solicitar ya que no han pasado 60 días hábiles.
2. En cambio, sí creo que la segunda causa es denegatoria. No está en situación legal de desempleo.
Puedes ver que es esto aquí:
https://www.redtrabaja.es/es/portaltrabaja/resources/pdf/informacion/prestaciones/presta_situLegal.pdf
Te lo resumo: significa principalmente que un trabajador se encuentra en situación legal de desempleo cuando termina un trabajo por cuenta ajena de manera involuntaria. Los autónomos (a día de hoy) al finalizar su activdad aunque sea de manera "involuntaria" porque le va mal (el pan nuestro de cada día) no se encuentra en situación legal de desempleo para acceder a una prestación o subsidio por desempleo.
Lo entiendo, aunque es injusto pues es triste que no se consideren los 27 años de trabajo por cuenta ajena y le perjudique de este modo 1 año por ser autónomo y encima a 1/2 jornada.
Pero bueno supongo que alguien se beneficiará de estas situaciones.
No se sí al ser autónomo colaborador hay alguna claúsula especial, ya que el tenía nomina cada mes y no podia ejercer por cuenta propia en ningún otro lugar, excepto en la misma Empresa.
A pesar de que defiendo las prestaciones por desempleo, soy bastante antiprodi. Lamento que la situación de la persona por la que estás haciendo esta consulta no le está yendo bien, pero es un subsidio sin pies ni cabeza.
Comentas que tu pareja tiene 27 años cotizados por cuenta ajena. Con tantos años cotizados me imagino que tendrá una edad cercana a 52 años. Te digo esto porque si volviese a trabajar por cuenta ajena, al menos tres meses, podría tener derecho al subsidio para mayores de 52 años.
También me dejó un poco intrigado cuando en el segundo mensaje dijiste "una vez agotada la prestación no le concedieron ningún subsidio". ¿Por edad? ¿Por pasarse de rentas?
Perdón miré mal el informe de vida laboral, tiene 21 años, 1meses y 11 dias...pensé que eran 27 en vez de 21.
El tiene 38 años y cumple 39 en noviembre, no le pertenece ninguna otra ayuda.
Shughart, lo explico al principio del post, pero te abrevio...empezó a trabajar con su hermando como autónomo colaborador solo por las mañanas, no tenia demasiada faena y en agosto su hermano no tenia faena nisiquiera para él.
Tal vez lo que no entiendes es el tema de las fechas ya que abrevio cuando el tema no se centra en el tiempo exacto, realmente ha estado de autónomo colaborador desde el 1/11/09 hasta 31/07/2010.
Si os queda alguna duda más no teneis más que preguntar.
Muchas gracias patatínpatatero, veo que estás bastante al dia en este tema...si sabes de alguna opción de algún tipo de ayuda no dudes ni un segundo en comentarmelo.
Quedo muy agradecida por el tiempo que me has prestado.