Voy a presentar un recurso contencioso-admvo. en la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional que tiene sede en Madrid. Mi cliente reside en Málaga.
Mi pregunta es: ¿necesita mi cliente ser representado por un procurador de Madrid o puede ser representado por un procurador de Málaga? Gracias por vuestras respuestas.