Buenas.
Se trata de la venta de una pequeña finca rústica, que 1º se hizo el contrato de compraventa, a los 5 años, el comprador requirió al vendedor escriturarla, a nombre de su hijo, (aunque fue él, quien se personó en la notaría con un poder). El caso es que un acreedor le ha demandado,
Y el vendedor, (familiar mío) ha sido llamado a declarar como imputado, en un proceso de instrucción abreviado, la demanda no iba dirigida a él, pero suponemos que el juez de instrucción, lo consideró necesario, le avisaron con 6 días naturales de antelación, y tubo que ir a recoger una copia de la denuncia al juzgado, le pusieron un abogado de oficio.
Le dijeron que cuando se celebrara el juicio, si el juez lo volvía a llamar, entonces tendría que ir al juzgado donde se tramita, (esta vez a declarado en el juzgado más cercano a su domicilio, el juicio se celebrara en Aragón, y él reside en Catalunya ). Desde la fecha de la denuncia hasta que lo han llamado ha declarar, han pasado 2 años,
Si lo llaman para el juicio, ¿con cuánta antelación lo sabría ? ¿en qué provincia ha de solicitar abogado de oficio ? en caso de que no le llamen más, ?le notificarán de alguna manera la sentencia ?, en cso de ser sancionado con multa, en caso de sanción ¿ qué proporción del precio de vena sería ?, en definitiva, ¿ conocéis algún caso similar ?
Gracias